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Bonos Tercera Edad: ¿Conoces cuáles son los beneficios a los que puedes acceder?

Los adultos mayores son uno de los sectores de la población más afectados por la crisis económica que ha atravesado el país en este último tiempo.

El Estado hace entrega de una serie de ayudas económicas destinadas a diversos grupos de la población, tales como madres, jóvenes, trabajadores y cesantes. Uno de estos sectores es el que incluye a las personas de tercera edad, uno de los grupos más afectados por la inflación.

Algunos de estos beneficios son otorgados con el fin de costear, por ejemplo, los gastos de calefacción en invierno o también medicamentos, en caso de contar con algún problema de salud.

Por otro lado, estos aportes se suman al dinero entregado en la pensión de cada beneficiario de forma automática, o también mediante un depósito anual. Revisa a continuación cuáles son.

¿Qué bonos hay disponibles para personas de la tercera edad?

Pensión Garantizada Universal (PGU) 

La Pensión Garantizada Universal (PGU) trata de un aporte económico dirigido a personas mayores de 65 años, que reemplaza a los beneficios del Pilar Solidario.

Además, se otorga independiente de que la persona esté trabajando o no. Su monto es de $193.917 mensuales y los requisitos para adquirirlo son los mismos que los del Pilar Solidario.

Cabe mencionar que las personas pensionadas por Dipreca o Capredena no tienen la opción de optar al pago de la Pensión Garantizada Universal.

Bono de Reconocimiento

El Bono de Reconocimiento consta de una ayuda económica destinada a trabajadores y trabajadores que se hayan cambiado desde el antiguo sistema de pensiones (de reparto) a las actuales Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Sus montos se calculan según los periodos de cotización que registre cada trabajador y se agrega a la cuenta de capitalización individual de cada persona. Por último, este subsidio se entrega una vez que el beneficiario o beneficiaria se pensiona por vejez, invalidez o muerte.

Bono por Hijo

El Bono por Hijo es un beneficio exclusivo para madres, biológicas o adoptivas, y se paga una vez que la beneficiaria cumple 65 años de edad y se pensiona.

Su monto comienza a generar rentabilidad desde el nacimiento de su hijo o hija y sus montos corresponden al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales$165 mil para mujeres con hijos nacidos antes de 2009.

Bono de Invierno

El Bono de Invierno se entrega durante el mes de mayo a aquellos pensionados mayores de 65 años, que reciban una pensión menor o igual a la Pensión Mínima de Vejez vigente y cuenten con los requisitos necesarios.

De esta forma, su monto alcanza los $70.336 y busca ayudar a sus beneficiarios a enfrentar de mejor manera el frío invierno.

Bono Bodas de Oro

El Bono Bodas de Oro es un aporte monetario para parejas que demuestren 50 años de matrimonio. Es así, como este bono entrega un total de $353.996, que luego se reparte en dos partes iguales.

En ese sentido, tanto la mujer como el hombre recibirán un monto de $176.998. Este aporte debe solicitarse durante el año en que la pareja celebra su 50° aniversario de bodas.

Garantía Estatal

La Garantía Estatal está dirigida a pensionados de la AFP que hayan agotado sus fondos luego de haber financiado sus pensiones bajo la modalidad de retiro programado. También, para aquellos que cuentan con una renta vitalicia menor a la pensión mínima vigente.

Sus montos se calculan de acuerdo a ciertas características y/o requisitos que deben cumplir los postulantes.

Aguinaldo de Fiestas Patrias

Este Aguinaldo de Fiestas Patrias corresponde a un aporte de $21.1882 que aumenta en $11.226 por cada persona que el pensionado tenga acreditado como causante de Asignación Familiar o Maternal.

Con la intención de pasar de mejor manera el 18 de septiembre, este es un beneficio no postulable, ya que se incluye directamente en la pensión del beneficiario.

Aguinaldo de Navidad

Por último, el Aguinaldo de Navidad busca apoyar a las personas de la tercera edad a pasar de mejor forma la época navideña. Su monto alcanza los $25.150 y aumentará en $11.226 por cada persona que el jubilado tenga como carga familiar. 

Este beneficio no es postulable, ya que se incluye directamente en la pensión.

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