Servicios

Plebiscito de Salida de la nueva Constitución: ¿Cuándo se publican los locales de votación y vocales de mesa?

Tras a una modificación en la legislación electoral, se procurará asignar locales de votación cercanos a los domicilios electorales registrados.

El próximo 4 de septiembre se realizará el Plebiscito de Salida, donde se decidirá si se aprueba o no la nueva Constitución presentada por la Convención Constitucional.

El voto será obligatorio para quienes tengan inscrito su domicilio electoral en Chile, y voluntario para quienes lo tengan en el extranjero.

Cabe destacar que ya no hay plazo para cambiar el domicilio electoral, y, además, quienes tengan la obligación de votar y no lo hagan, se arriesgan a una multa de hasta 3 UTM.

Asimismo, durante abril de este año se publicó la ley para privilegiar la cercanía al domicilio del elector en la asignación de los locales de votación, por lo que es necesario estar atentos a la publicación de los locales y mesas de votación.

¿Cuándo podré saber dónde votar para el Plebiscito de Salida?

El Servicio Electoral (SERVEL) debe publicar en su sitio web los locales y mesas de votación 22 días antes de cada proceso electoral. Para el Plebiscito de Salida, la fecha de publicación queda fijada para el sábado 13 de agosto.

Ese mismo día deberán estar publicados los vocales de mesa y miembros del Colegio Escrutador. Toda la información estará disponible en consulta.servel.cl

¿Cuándo puedo excusarme de participar en el Plebiscito?

En caso de no ir a votar este 4 de septiembre, el Director del Servicio Electoral tendrá un plazo de un año para interponer denuncias ante los Juzgado de Policía Local de la comuna del elector.

Una vez recibida la citación al respectivo Juzgado, el votante deberá justificar su inasistencia.

Los motivos admisibles por no votar son:

  • Estar en el extranjero
  • Enfermedad o impedimento para concurrir a votar
  • Estar a 200 kilómetros de distancia de su local de votación

En caso de vocales de mesa, en el Cronograma Electoral del Servel se fijan los siguientes plazos:

  • 16 a 18 de agosto: Se podrán presentar excusas y solicitar exclusiones ante Juntas Electorales para desempeño del cargo de vocal de Mesa y de miembro de Colegio Escrutador.
  • 20 de agosto: Secretarios de Juntas Electorales publican nóminas de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores.

No podrán ser vocales de mesa:

  • Las personas que desempeñen cargos de elección popular: Presidente de la República, parlamentarios, alcaldes y concejales. Los cónyuges, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta (hijo, nieto, padre, madre, abuelo) y en la colateral hasta el segundo grado inclusive (hermanos). Lo mismo rige respecto de los parientes afines del marido o mujer (suegros, hijos, cuñados, es decir hermanos del o la cónyuge).
  • Extranjeros (aun cuando tengan derecho a voto), no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las leyes electorales.
  • Ministros, subsecretarios, intendentes, gobernadores, consejeros regionales, el contralor general de la República, jefes superiores de servicio y secretarios regionales ministeriales.
  • Magistrados de los Tribunales, jueces letrados y jueces de Policía Local, fiscales del Ministerio Público.
  • Los miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad en servicio activo (no incluye al personal administrativo de estas ramas).
  • Embajadores y cónsules de Chile.

Revisa aquí la propuesta para una nueva Constitución.

Revisa también:

VIDEO | ¡Perfecto para hacer ángeles! Nieve cae en distintos sectores de Santiago

Tags

Lo Último

Más de EnlaHora

Recomendados