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Bono Invierno: Ya se encuentra disponible la segunda nómina de beneficiarios del aporte que entrega desde $120 mil

Pese a que la entrega del segundo pago de este beneficio se adelantó para el pasado viernes 19 de agosto, aún existe un gran número de personas que no ha recibido el aporte.

El pasado viernes 19 de agosto, el Instituto de Previsión Social (IPS) confirmó el adelanto del pago del Bono Invierno para el segundo grupo de beneficiarios.

Pese a que originalmente se había anunciado que la entrega del aporte para este segundo grupo comenzaría a efectuarse desde el 22 de agosto, se confirmó que la nueva nómina de beneficiarios estaba disponible desde ese mismo viernes.

Sin embargo, aún existe un gran número de personas que no ha recibido el aporte que entrega un monto de $120.000 por causante. 

Revisa con tu RUT si tienes el segundo pago del Bono Invierno

Para saber si eres parte de la segunda nómina de beneficiarios y beneficiarias del Bono Chile Apoya de Invierno debes ingresar a la plataforma que el Instituto de Previsión Social (IPS) habilitó haciendo clic en este enlace.

Dentro del sitio solo debes escribir tu RUT y fecha de nacimiento en la sección que dice "consultar". De esta forma, podrás conocer automáticamente si eres o no beneficiaria del Bono Invierno.

Cabe destacar que el plazo para cobrar este nuevo beneficio del Estado es de nueve meses desde que se emite el documento de pago.

¿Quiénes son parte de la segunda nómina de beneficiarios del Bono Invierno?

Quienes recibirán el segundo pago del Bono Invierno son aquellos usuarios/as del Subsistema Chile Seguridades y Oportunidades, y también las familias que pertenezcan al 60% del Registro Sociales de Hogares (RSH) al 1 de agosto.

Asimismo, deben contar con un miembro que cumpla alguna de estas características:

  • Menor de 18 años.

  • Mayor de 60 años.

  • Con discapacidad debidamente acreditada (Ley N° 20.422).

  • Sujeta de cuidado del Programa de Pago de personas con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

  • Con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH)

  • Que sea estudiante de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar (PIE) reconocidos por el Mineduc.

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