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Plebiscito 2022: ¿Qué tengo que hacer hoy si vivo a más de 200 kilómetros de mi domicilio electoral y no puedo asistir a votar?

Conoce cómo excusarte en caso de encontrarte lejos del domicilio registrado en el Servel y no puedas asistir a tu local de votación.

Este domingo 4 de septiembre se realiza el Plebiscito de Salida 2022, instancia que reunirá a los chilenos para votar apruebo o rechazo la propuesta de la nueva Constitución del país.

En estas elecciones, el voto será obligatorio por lo que no asistir, significará una multa que puede alcanzar hasta los $180.000, aproximadamente. Revisa aquí lo que dijo el presidente del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle, al respecto.

Es importante señalar que existe la posibilidad de excusarse si no se puede asistir al local de votación. Sin embargo, esto se justifica solo en algunos casos, como estar a 200 kilómetros de distancia de tu domicilio electoral y para hacerlo tendrán que proceder.

Plebiscito 2022: ¿Qué debo hacer si vivo a 200 kilómetros de distancia?

Si te encuentras a más de 200 kilómetros de distancia de tu local de votación y no podrás asistir a sufragar, tendrás que dejar constancia de esto, para no ser sancionado.

¿Cómo hacerlo?

  1. Debes ir hasta una comisaría, retén, tenencia o unidad de Carabineros de Chile cercana. 

  2. Señalar que quieres dejar una constancia que indique que te encuentras a más de 200 km de tu domicilio electoral.

  3. Carabineros te entregará un comprobante de la constancia que debes guardar, ya que será necesario cuando se te adjudique la sanción.

  4. En un periodo que incluso puede significar meses, recibirás una citación del Juzgado de Policía Local

  5. Al excusarte ante el Juez, lleva tu comprobante de la constancia hecha el 4 de septiembre. Este documento te permitirá librarte de la sanción. 

¿Qué otras personas excusarse por no asistir a votar al Plebiscito?

Las únicas excusas permitidas en caso de no votar son:

  • Haber estado en el extranjero: se puede demostrar con los timbres de los pasaportes u otro documento que lo certifique.

  • Haber estado enfermo o con discapacidad: Presentar un certificado médico.

  • El estar a 200 kilómetros de distancia del domicilio electoral: Justificar con constancia de Carabineros del día domingo 4 de septiembre. 

  • Por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien revisará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.

Además, Andrés Tagle señaló que hay una cuarta categoría donde: "Caben especialmente personas que hacen trabajos fundamentales para el desarrollo del acto electoral y por alguna razón no pueden. Por ejemplo, tripulantes de línea, área, personal de las FF.AA que tiene que prestar servicio en otro local de votación, etc".

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