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Asignación Familiar y Maternal: Conoce todos los detalles de estos beneficios del Estado

Al igual que en el resto de los beneficios del Estado, es necesario que cumplas con ciertos requisitos para recibir la Asignación Familiar o Maternal.

Asignación Familiar y Maternal Estos son sus requisitos y montos. Créditos: ATON. (JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE/JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE)

Tanto la Asignación Familiar como la Maternal son beneficios que el Instituto de Previsión Social (IPS) entrega a personas que perciben ingresos y cotizan en el sistema previsional.

Sus pagos se realizan en conjunto al sueldo, la devolución de impuestos, la pensión o las cotizaciones correspondientes (en el caso de los trabajadores independientes) de sus beneficiarias y beneficiarios.

Por último, es necesario cumplir con una lista de requisitos detalladas a continuación, si es que los cumples podrás cobrar un monto por cada carga familiar que tengas debidamente acreditada.

Asignación Familiar

La Asignación Familiar es un beneficio dirigido a trabajadores dependientes, independientes, pensionados o subsidiados. Además, se entrega por cada carga familiar que la o el beneficiario tenga inscrita.

De la misma forma, sus montos se ajustan al sueldo que perciba cada solicitante, dependiendo de si el beneficiario puede o no sustentarse económicamente.

Familia de la mano caminando por la calle
Revisa si cumples con los requisitos para recibirlo. Créditos: ATON. (JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE/JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE)

Quienes deseen postular a este bono deben cumplir con al menos uno de estos requisitos:

  • Ser un trabajador dependiente del sector público o privado.
  • Ser un trabajador independiente afiliado a un régimen previsional (régimen antiguo) al 1º de Enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
  • Ser un trabajador independiente obligado o no a cotizar en el sistema de AFP, que haya acreditado cargas en el IPS.
  • Ser una persona con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Ser una persona con Subsidio de Cesantía pensionado de cualquier régimen.
  • Ser pensionada de viudez y madre de hijos nacidos antes de que contrajera matrimonio el trabajador o pensionado beneficiario.
  • Ser una persona con niños a su cargo, por resolución judicial.
  • Ser un trabajador con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
  • Ser beneficiario de la Pensión Garantizada Universal o Pensión Básica de Invalidez.
  • Ser beneficiario del Subsidio para personas con discapacidad menores de 18 años.

Por otro lado, el pago se realiza de manera mensual a los pensionados y trabajadores dependientes afiliados a un sistema previsional. Mientras que los trabajadores independientes lo reciben solo una vez al año.

Revisa a continuación una tabla con los montos que otorga este subsidio:

Estos son sus montos. Créditos: Red de Protección Social.

Asignación Maternal

Por su parte, la Asignación Maternal está dirigida a trabajadoras embarazadas y también a trabajadores cuyas cónyuges embarazadas sean cargas de la Asignación Familiar.

Asimismo, es necesario solicitarlo desde el quinto mes de embarazo, sin embargo una vez asignado el beneficio, se pagará de manera retroactiva y por todo el período de gestación.

Pueden postular trabajadoras embarazadas y también sus cónyuges. Créditos: ATON. (MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE/MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE)

Si es trabajadora:

  • Cédula de identidad (vigente) nacional o emitida para extranjeros residentes en Chile.
  • Poder notarial simple, si el trámite es realizado por un apoderado.
  • Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

Si es carga del trabajador:

  • Autorización de carga familiar del trabajador.
  • Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

El beneficio se entrega mensualmente y su monto es calculado en base al sueldo percibido por la trabajadora o por el trabajador con carga inscrita.

Revisa a continuación la tabla de montos:

Esta cantidad de dinero podrás recibir. Foto: Red de Protección Social.

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