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Bono Dueña de Casa: ¿Cómo postular al beneficio y cómo saber con mi RUT si lo recibo?

El aporte está dirigido a las familias pertenecientes al programa Chile Seguridades y Oportunidades y otorga de forma diferenciada montos durante dos años.

El Bono Dueña de Casa también conocido como Bono Jefe de Hogar o Bono Protección es un aporte dirigido a las familias más vulnerables del país de forma mensual por dos años.

Con este beneficio es posible conseguir $366.894 el que una vez se cumplan sus requisitos, se entrega de forma automática, ya que no es postulable.

Su objetivo es facilitar la participación de los usuarios de Chile Seguridades y Oportunidades en los programas que este ofrece, a través de montos que se otorgan de forma diferenciada en el tiempo.

¿Cómo saber si recibo el Bono Dueña de Casa?

Debido a que el Bono Protección forma parte de los aportes del Ingreso Ético Familia, es posible comprobar si lo recibes consultado la fecha y modalidad de pago de este a través del sitio web habilitado por Chile Atiende y el IPS.

Allí, solo escribiendo tu RUT y presionando “Consultar”, podrás ver no solo estos detalles, sino que información de otros aportes como el Subsidio Único Familiar y la Pensión Garantizada Universal.

¿Qué requisitos debo cumplir para recibir el Bono Dueña de Casa?

Solo hay que cumplir un requisito para poder recibir este aporte, el que consiste en aceptar ser partícipe de uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos).

Esto se realiza a través de la firma de la Carta de Compromiso y Plan de Intervención otorgadas por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Una vez realizado esto, se comienza de inmediato la gestión y posterior pago del Bono Protección.

¿Quién puede cobrar el Bono Dueña de Casa?

Este aporte se paga a la persona o integrante de la familia beneficiaria que corresponda según este orden de prioridad:

  • Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

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