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PGU: ¿Tengo que estar pensionado para recibir la Pensión Garantizada Universal?

A través de la PGU, las personas de la tercera edad pueden acceder hasta a $206.173 de forma mensual, siempre y cuando cumplan los requisitos.

PGU. Te contamos también quiénes no pueden recibirla y en qué casos la puedes perder. Créditos: IPS.

La PGU, conocida oficialmente como Pensión Garantizada Universal, es un aporte que entrega hasta $206.173 mensualmente a quienes cumplan con los requisitos establecidos para recibirla.

Este subsidio reemplazó los beneficios que entregaba anteriormente el Pilar Solidario, teniendo ambos por objetivo ayudar a la tercera edad con sus gastos, situación aún más compleja durante los meses de invierno.

Está disponible para ser solicitada durante todo el año, siendo entregada mediante el IPS, por lo que es importante postular. En caso de tener problemas realizando el trámite, recuerda que siempre puedes pedir ayuda a alguien más, ya que el proceso se puede hacer en línea o en oficinas Chile Atiende.

¿Tengo que estar pensionado o pensionada para recibir la PGU?

No es necesario estar pensionado o pensionada para recibir la PGU. De hecho, desde el IPS explican que una persona “que no se ha pensionado -o que aún trabaja- puede solicitar la PGU si tiene 65 años o más y cumple con los demás requisitos legales”.

Es por eso que es sumamente importante que, de cumplir los requerimientos que te dejaremos a continuación, solicites lo antes posible el aporte:

  • Tengan 65 años o más de edad.
  • No integren el 10% más rico de la población.
  • Acrediten residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
    • Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
    • Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
  • Cuenten con una pensión base menor a $1.114.446 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.
Créditos: IPS Chile.

¿Quiénes NO pueden recibir la PGU y en qué casos la puedo perder?

La Ley establece que no pueden recibir a la PGU los afiliados o pensionados de Dipreca y Capredena, a pesar de que cumplan los requisitos anteriormente pensionados.

Además, existen casos en las que puedes perder el subsidio:

  • Por el no cobro de la PGU durante 6 meses continuos, aunque podrá solicitar que se deje sin efecto la medida hasta 6 meses contados desde la suspensión. Transcurrido el plazo sin haberse efectuado la solicitud de reactivación, procederá la extinción del beneficio.
  • Cuando la persona beneficiaria no proporcione antecedentes para acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la mantención del beneficio y que le sean solicitados por el IPS dentro de los 3 meses de efectuado el requerimiento.
  • Por permanecer fuera del país por un lapso superior a 180 días continuos o discontinuos durante el año calendario.
  • Por haber entregado antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objeto de acreditar cumplimiento de los requisitos de acceso a la PGU.
  • Por haber dejado de cumplir el requisito de focalización.

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