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Aguinaldo Fiestas Patrias: ¿Quiénes cobrarán más de $11 mil adicionales?

Hay un grupo de pensionados que recibirá un monto adicional, además de los $23.261 correspondientes a este año.

Aguinaldo Fiestas Patrias. Consulta con tu RUT si cobras el beneficio. (MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE/MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE)

Se acerca septiembre, uno de los meses más esperados por pensionados y pensionadas de todo el país, ya que es la fecha en la que el Instituto de Previsión Social (IPS) entrega el Aguinaldo Fiestas Patrias.

Este es un beneficio otorgado anualmente sin descuento alguno. Esto es así porque no es considerado para las cotizaciones previsionales o de salud, así como para el pago de impuestos.

El monto del Aguinaldo Fiestas Patrias para los pensionados y pensionadas de todo el territorio es único. Sin embargo, hay quienes pueden cobrar un valor adicional.

Consulta los montos a continuación. (En La Hora)

¿Quiénes cobran un adicional por el Aguinaldo Fiestas Patrias?

En este 2023, el valor del aporte es de $23.261 para los pensionados acreedores de un aguinaldo por parte del IPS.

Sin embargo, todos aquellos que tengan cargas acreditadas, cobrarán adicionalmente un total de $11.933 por cada carga.

La entrega de este bono no tiene una fecha fija, sino que es adjudicado junto a la pensión correspondiente al mes de septiembre.

¿Quiénes cobrarán el Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Cobran este beneficio:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

Recuerda que puedes consultar si cobras el beneficio, siguiendo estos pasos:

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