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Bono por Hijo: ¿Qué mujeres pueden recibir este beneficio del Estado?

El aporte mensual de este beneficio no se paga al momento del nacimiento del hijo, sino que junto a la pensión de la madre.

Manos sujetando billetes chilenos de diferentes montos.
Bono por Hijo. ¿Qué mujeres pueden recibir este beneficio del Estado? (Pinterest)

El Bono por Hijo es un beneficio que aumenta el monto de la pensión de las mujeres a través de la entrega de un monto por cada hijo nacido vivo o adoptado.

En relación al aporte, este se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo(a) y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales.

En caso de hijos adoptados, el beneficio económico se generará para ambas madres, es decir, la madre biológica y la madre adoptiva.

Su aporte se pagará de por vida o hasta que se agote el dinero del beneficio. (Crédito; Pixabay)

¿Qué mujeres pueden recibir el Bono por Hijo?

Aquellas madres que deseen acceder al pago de este beneficio del Estado, deberán asegurarse de cumplir con estas condiciones:

  • Madres que tengan 65 años de edad o más.
  • Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años.
  • Asimismo, tiene que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.
  • Estar afiliada a una AFP y haber obtenido su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  • Ser titular de una Pensión Básica Solidaria de Vejez y haber obtenido su pensión a contar del 1 de julio de 2009.
  • Si no estás afiliada a un régimen previsional, haber recibido una pensión de sobrevivencia otorgada por una AFP, compañía de seguros o el IPS a contar del 1 de julio de 2009.

¿Qué montos entrega el Bono por Hijo?

Tal como mencionamos anteriormente, el monto entrega el Bono por Hijo corresponde a un 10% de 18 ingresos mínimos mensuales.

  • En el caso de que el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo de $165.000.
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo correspondiente al mes de nacimiento.

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