Servicios

¿Estás sin trabajo?: 3 bonos del Estado para personas cesantes

Te mostramos estos aportes del gobierno pensados en apaciguar momentos económicos difíciles.

Mujer desempleada carga una caja con sus implementos de trabajo.
Seguro de Cesantía. Conoce el porcentaje que paga mensualmente.

La situación de desempleo en el país, evidenciada por la tasa de personas cesantes que alcanzó el 8,8% según las últimas mediciones laborales del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), plantea desafíos significativos, especialmente en el contexto de las festividades de fin de año.

Con un aumento de 1 punto porcentual en doce meses y el quinto incremento consecutivo, muchas familias se encuentran en la difícil situación de hacer frente a los gastos de las celebraciones sin recibir ingresos.

Ante esta realidad, el Gobierno ha implementado diversas ayudas y bonos destinados a brindar apoyo a las familias afectadas por el desempleo. Te contamos de ellas.

Hombre apoyado en una mesa de la oficina de seguro de cesantía.
¿Qué beneficios para cesantes existen y cómo cobrarlos? (Aton.)

¿Cuáles son los bonos disponibles para personas cesantes?

Desde el Gobierno se entregan un total de 3 bonos que están pensados para las personas que están desempleadas, dándoles la oportunidad de que reciban ingresos mensuales durante su periodo de cesantía:

Seguro de Cesantía

Este beneficio se entrega a los trabajadores contratados que estén afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía y corresponde a la retribución de los ingresos destinados a la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) del mismo organismo.

Este seguro te permite percibir un porcentaje de los últimos 12 meses de remuneración distribuidos en un 70% de tu suelo en el primer mes, 55% para el segundo, 45% el tercer mes, 40% el cuarto, 35% el quinto y 30% del sexto mes en adelante.

Los requisitos para optar a este beneficio son los que te mostramos aquí:

  • Estar cesante, condición que se debe acreditar mediante un finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo.
  • Para el caso de las personas con contrato indefinido o de trabajadores de casa particular, se debe contar con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado se deben tener 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.

Fondo de Cesantía Solidario

Este bono se entrega a los desempleados que no cuenten con los suficientes recursos en el Seguro de Cesantía y para aquellos que aún no cuenten con un trabajo y ya hayan agotado sus fondos del seguro.

Este beneficio entrega pagos durante cinco meses para las personas que hayan contado con un contrato indefinido y 3 meses para las personas bajo contrato a plazo fijo.

Para optar a este beneficio debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar cesantes al momento de solicitar el beneficio.
  • Tener recursos insuficientes en la cuenta individual de cesantía para financiar un monto del beneficio detallado anteriormente.
  • Tener 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido, las que deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
  • Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
  • El contrato de trabajo debe haber sido terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
  • Deberás activar tu cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece para acceder a los montos de este bono.

Subsidio de Cesantía

Este aporte está destinado a los trabajadores dependientes del sector público y privado que hayan firmado su contrato antes del 2 de octubre de 2002, puesto que después de esta fecha deben apegarse al Seguro de Cesantía.

El subsidio permite acceder a una ayuda mensual por un periodo máximo de 360 días y se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPC). Los requisitos son estos:

  • Tener al menos 12 meses continuos o discontinuos de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
  • Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
  • Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Este beneficio entrega montos de entre $8.669 a $17.338 a quienes resulten beneficiarios.

Tags

Lo Último

Más de EnlaHora

Recomendados