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¿Eres dueña de casa? Conoce si puedes recibir $421 mil del Bono Protección

Los pagos de esta ayuda del Estado se entregarán por veinticuatro meses consecutivos, siempre que la persona no renuncie al bono o deje de cumplir los requisitos establecidos.

Bono Dueña de Casa. Conoce si puedes recibir de forma automática los pagos de esta ayuda del Estado. (Pinterest)

El Bono de Protección es un beneficio dirigido a las familias que pertenezcan hasta el 60% más vulnerable de la población y que sean usuarias del programa Chile Seguridades y Oportunidades.

Su aporte se entrega por un periodo de dos años continuos y se otorga a través de depósitos electrónicos en la Cuenta RUT de BancoEstado de la persona beneficiaria.

El también conocido como Bono Dueña de Casa se otorga de forma automática a todos quienes cumplan con el único requisito que establece la ley de esta beneficio.

Este requisito debes cumplir para recibir el Bono Protección

Si deseas recibir de forma automática los pagos mensuales de esta ayuda estatal, deberás cumplir con la única condición que este establece, el cual es:

  • Pertenecer a Chile Seguridades y Oportunidades y aceptar la invitación a participar de uno de los programas del subsistema (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos) a través de la firma de la carta de compromiso y del plan de intervención.
Si cumples con este requisito, podrás recibir de forma automática los pagos mensuales del Bono Dueña de Casa.
Si cumples con este requisito, podrás recibir de forma automática los pagos mensuales del Bono Dueña de Casa.

Montos del Bono Dueña de Casa

El monto de este beneficio dependerá del tiempo que lleve la persona recibiendo el dinero, es decir:

  • Los primeros 6 meses: $21.823.
  • Del mes 7 al mes 12: $16.608.
  • Del mes 13 al mes 18: $11.419.
  • Del mes 19 al 24: $20.328.

¿Quiénes pueden cobrar el dinero del Bono Protección?

El aporte de este subsidio se puede cobrar según un orden de prioridad establecido, el cual indica lo siguiente:

  • Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

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