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Admisión Escolar 2024: ¿Hasta cuándo se puede matricular en los colegios?

Luego de conocer los resultados de su postulación, los apoderados tendrán solo 13 días hábiles de diciembre para hacer efectiva la matrícula a la enseñanza 2024.

Admisión Escolar 2024. ¿Hasta cuándo se puede matricular en los colegios? (JAVIER SALVO/ATON CHILE/JAVIER SALVO/ATON CHILE)

Luego de publicar los resultados del Sistema de Admisión Escolar (SAE), los establecimientos educacionales del país ya comenzaron con el proceso de matrícula para la enseñanza básica y media 2024.

Este inició el lunes 11 de diciembre y se extenderá por algunos días. En dicho momento los apoderados deberán presentarse en el colegio en que quedó seleccionado el alumno durante su postulación y realizar su inscripción.

De no poder asistir la madre, el padre o la persona a cargo del menor, este podrá realizar un poder simple que otorgue a un tercero la posibilidad de llevar a cabo el proceso.

¿Hasta cuándo se puede matricular en los colegios?

El proceso de inscripción comenzó este 11 de diciembre y se extenderá hasta el próximo miércoles 27 del mismo mes.

Para realizar la matrícula, las personas deben acudir al establecimiento en que fue seleccionado el estudiante y continuar con los pasos que allí se le indiquen.

En tanto, según informa el Ministerio de Educación (Mineduc), quienes no se matriculen durante este periodo perderán automáticamente el cupo que les fue asignado por el SAE, por lo que los colegios contarán con vacantes disponibles para ser utilizadas durante el periodo de regularización.

¿Qué documentos debo presentar para matricular a mi hijo?

El Mineduc esablece dos documentos oblgatorios para realizar el proceso de matrícula en los establecimientos del país:

  • Copia de la cédula de identidad del estudiante o certificado de nacimiento.
  • Copia de la cédula de identidad del apoderado.

Si un tercero realiza la matrícula:

  • Poder simple emitido por la persona a cargo del menor, con los datos de este y del designado en su representación.
  • Copia de la cédula de identidad del apoderado por ambos lados y copia de la cédula de identidad del representante también por ambos lados.

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