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Consulta con tu RUT si puedes recibir el Subsidio Familiar Automático

Este nuevo beneficio estatal no es compatible con el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.

Subsidio Familiar Automático. Conoce si puedes recibir los pagos de $20.328 al mes. (MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE/MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE)

Hace algunas semanas el Gobierno implementó el Subsidio Familiar Automático, el cual entrega pagos mensuales de $20.328 por cada causante. Aunque, si la carga tiene alguna discapacidad certificada, podrá recibir $40.656.

A diferencia del Subsidio Único Familiar (SUF), esta nueva ayuda no requiere postulación. Además, uno de sus requisitos es diferente, lo que permitirá que más personas puedan cobrar este beneficio.

Cabe mencionar que este bono forma parte de las ayudas que dirige el Instituto de Previsión Social (IPS), y quienes resulten beneficiarios podrán recibir el dinero durante tres años.

Consulta con tu RUT si puedes recibir el Subsidio Familiar Automático

Para conocer si puedes recibir los pagos de esta nueva modalidad del Subsidio Familiar, puedes visitar la página web que estableció el Ministerio del Desarrollo Social. Allí solo tienes que ingresar tu RUT y fecha de nacimiento.

Tras esto, el sitio informará rápidamente si te corresponde o no el aporte, además de su fecha y forma de pago. En caso de no ser beneficiario, el sitio también indicará el motivo.

Aquí puedes conocer si puedes recibir los pagos mensuales del Subsidio Familiar Automático.

Requisitos del Subsidio Familiar Automático

Las condiciones del Subsidio Familiar Automático son las mismas que el SUF tradicional, las únicas dos diferencias es que este se recibe sin postulación y que está dirigido al 40% más vulnerable de la población. En tanto, estos son los demás requisitos:

  • Ser menor de 18 años.
  • Niños y niñas hasta los ocho años deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil.
  • Niños y niñas mayores de seis años deben acreditar que son estudiantes regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por éste, a excepción de que fueran personas con discapacidad.
  • No tener una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).
  • Pertenecer al 40% más vulnerable de acuerdo con la Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.
  • No contar con reconocimiento en Asignación Familiar o Subsidio Familiar, ni recibir el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.

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