De esta forma puedes postular al Bono por Hijo y así recibir $165.000 mensuales por cada menor registrado a tu cargo

Cabe destacar que este beneficio del Estado es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS).

Bono por Hijo. Este dinero se comienza a pagar una vez que la mujer esté pensionada.

Según un estudio realizado por Equifax, en Chile, más de 5 millones de mujeres son madres, lo que representa un 54.7% del total de féminas en el país. Para ellas, el Estado implementó importantes beneficios en dinero, los que se pueden cobrar de forma mensual.

Uno de estos es el Bono por Hijo, el cual entrega hasta $165.000 por cada menor de 18 años de edad que esté registrado a su cargo. Asimismo, este aporte gubernamental puede ser solicitado por personas que tengan causantes nacidos vivos o adoptados. Además, se puede postular durante todo el año y de la siguiente manera:

  1. Presencial: Dirígete a cualquier sucursal física de Chile Atiende. Indica la razón de tu visita y presenta tu cédula de identidad vigente.
  2. internet: Ingresa a la Sucursal Virtual de Chile Atiende. Serás atendida a través de una videollamada en la que debes indicar que quieres recibir el beneficio. En este deberás mostrar tu cédula de identidad y, luego, se comprobará que cumplas con los requisitos.
Este beneficio está destinado a madres que ya estén pensionadas.
Bono por Hijo.Este beneficio está destinado a madres que ya estén pensionadas.

Requisitos para cobrar el Bono por Hijo

Madres chilenas o extranjeras pueden acceder a este beneficio cumpliendo tan solo cuatro condiciones, las que son:

  1. Tener 65 años o más.
  2. Haber residido en Chile por al menos 20 años, de manera continua o intermitente, desde que cumpliste 20 años.
  3. Haber vivido en Chile durante al menos cuatro de los últimos cinco años previos a solicitar el bono.
  4. Estar afiliada a una AFP y haber comenzado a recibir una pensión a partir del 1 de julio de 2009.

¿Cómo se calcula el monto del Bono por Hijo?

Este beneficio del IPS tiene por objetivo aumentar la pensión de las mujeres mayores de 65 años de edad. Para ello, genera rentabilidad desde la fecha de nacimiento del menor, según el equivalente al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales. Es decir:

  • Por cada hijo nacido antes del 1 de julio de 2009, se considerará el ingreso mínimo hasta esa fecha, de $165.000.
  • Por cada hijo nacido después del 1 de julio de 2009, se calculará con base en el ingreso mínimo vigente al momento de su nacimiento.