El Aguinaldo de Fiestas Patrias 2020, es uno de los distintos beneficios que existen para trabajadores y trabajadoras, tanto del sector público y privado. Según el Instituto de Previsión Social (IPS) el aguinaldo es un “beneficio que tradicionalmente se paga en septiembre de cada año, a todos los beneficiarios que cumplan con los requisitos establecidos en la ley”.

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Como se trata de un beneficio, no tiene una fecha específica para su pago y puede hacerse durante todo el mes de septiembre. Sin embargo, la mayoría de los empleadores lo incluyen en la remuneración del mes. Para trabajadores del sector público y pensionados, se integra a la remuneración de agosto que se paga los primeros días de septiembre.

Requisitos de acceso al Aguinaldo Fiestas Patrias 2020

Según lo estipula la

Ley 21.050abre en nueva pestaña ]

, podrán acceder al Aguinaldo de Fiestas Patrias los trabajadores del Estado (sector público), las policías y Fuerzas Armadas. Para ellos, los montos varían de acuerdo a la remuneración de la persona, y para este 2020 recibirán un aguinaldo de

 $72.486

,para quienes perciben un monto igual o menor a

$752.209

, mientras que quienes recibían una remuneración superior a esa, recibieron

$50.318

. La misma norma, establece que también serán beneficiarios los pensionados cumplan con los siguientes requisitos:

  • Pensionados de IPS,
  • Dipreca y Capredena,
  • del Instituto de Seguridad Laboral,
  • de las mutualidades de empleadores de la Ley de Accidentes del Trabajo, que tengan calidad de beneficiarios al 31 de agosto del año 2018.
  • Pensionados del Sistema de AFP, siempre que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o el beneficio del Aporte Previsional Solidario.

Para ellos, el valor del Aguinaldo de Fiestas Patrias será de

$20.082

por persona, monto que podrían aumentar según el número de

cargas familiares

registradas. Cada carga, agrega

$10.303

al total del aguinaldo.

Trabajadores del sector privado

Para trabajadores del sector privado,

no existe una norma que establezca la obligatoriedad

al empleador de otorgar este y otros beneficios. No obstante, la mayoría de las empresas cuenta con

sindicatos o convenios colectivos

que permiten el acceso a este tipo de beneficios. Por lo que cada empresa debe analizarlo de manera particular en conjunto con sus trabajadores.

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