Con el objetivo de combatir el aumento de la contaminación en el aire de la Región Metropolitana, cada año se implementa la Restricción Vehicular, la cual tiene una duración de cuatro meses.
Esta medida funciona de lunes a viernes, y dependiendo de tu patente y el tipo de vehículo, no podrás circular por la capital, y en caso de que lo hagas, te arriesgas a multas.
¿Cuándo comienza la restricción vehicular y qué multas recibo si no la cumplo?
Esta medida comienza en el mes de mayo y se extiende hasta agosto. En especifico, su inicio es el jueves 2 de mayo y termina el viernes 30 de agosto.
En caso de que tu vehículo sea uno de los que no puede circular por la Región Metropolitana debido a la medida, y eres fiscalizado, te arriesgas a una multas que son entre 1 y 1,5 UTM ($65.000 a $97.000 aproximadamente).

¿Qué vehículos no podrán circular con la restricción?
Cada día de la semana, de lunes a viernes, dependiendo del último digito de la patente los siguientes vehículos no podrán circular por la RM:
- Automóviles, station wagons y similares, sin sello verde.
- Automóviles, station wagons y similares con sello verde, inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre del año 2011.
- Motocicletas y similares de años anteriores al 2002.
- Motocicletas y similares, inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2010.
- Buses de transporte privado remunerado de pasajeros, buses interurbanos y rurales sin sello verde.
- Vehículos de transporte de carga sin sello verde.