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Defensa de Jorge Escobar refuta tesis de la Fiscalía con informes de l PDI y el SML

Los representantes del tío abuelo de Tomás Bravo se apoyaron en los informes emitidos por ambos organismos en relación a que se “no hay causas atribuibles de la muerte” del pequeño, cuya desaparición y deceso se le atribuye a su defendido.

Como una "maniobra temeraria" del Ministerio Público que a su juicio tendría un "sesgo" hacia el acusado, calificaron este martes los abogados defensores de Jorge Eduardo Escobar Escobar, añadiendo que el organismo persecutor  "desoyó" las conclusiones criminalísticas y médicolegistas de las pericias aplicadas por la Policía de Investigaciones (PDI) y el Servicio Médico Legal (SML).

Durante la exposición de sus argumentos en la extensa audiencia de formalización que se prolongó por más de siete horas, los miembros de la Defensoría Penal Pública, sostuvieron que el fiscal José Ortiz ha procedido en su acusación con una tesis preconcebida respecto de la autoría del homicidio del menor de edad.

Recalcaron que pese a estar pendientes los resultados de estudios de ADN, de toxicología, bioquímicos, de alcoholemia, entomatológicos, histológicos, entre otros, el persecutor no ha tomado en cuenta que las conclusiones preliminares de la indagatoria sostienen que la  causa de muerte es indeterminada y que hay que esperar a que confirmen aquello o lo refuten.

Vulneración del principio de objetividad

Junto con acentuar que la fiscalía realizó una "lectura parcializada" de las declaraciones del imputado y los familiares del pequeño fallecido, ésta ha vulnerado el principio de objetividad imputándole homicidio calificado sin contar con pruebas suficientes que acrediten una línea investigativa en esa dirección, enfatizó Cristian Sleman Cortés.

"Hoy día don Jorge está privado de libertad y se le ha imputado un homicidio calificado. Y vemos su señoría, científicamente hablando, no tenemos letra A y no tenemos letra B del artículo 140 (del Código Penal). Creemos como defensa que pese a lo que se nos haya dicho, a lo que se nos haya hablado, que el Ministerio Público intenta justificar su postura hablando de las declaraciones de la mamá del menor, de la tía del menor, no podemos hablar de este ilícito", acotó el abogado Pedro Aguilera Soto.

“Hoy día tenemos más preguntas. Fíjese usted que no tenemos un móvil del delito. ¿Cuál va a ser ese móvil si don Jorge era su abuelo, lo acompañaba siempre, salía con él. Todos los testigos interrogados por la Policía de Investigaciones relatan que lo acompañaba siempre a buscar a las vacas”, subrayó el jurista.

"No tenemos traumatismo en las manos, no tenemos lesiones peribucales, no tenemos lesiones intrabucales, o sea, no tenemos nada y la fiscalía descartó otra línea investigativa. Esto no puede ser así. Como dijimos, hasta el día de hoy, no hay evidencia científica de que se trate de un homicidio", sostuvo.

Abuso sexual descartado

Asimismo, los defensores públicos hicieron hincapié en que las pericias descartaron abuso sexual contra la víctima, apoyados en los informes de la PDI y el SML.

"La investigación iba dirigida a un eventual abuso sexual y por eso se le preguntó sobre su vida sexual. Pero eso quedó descartado por la prueba científica. Pero además, hay que tener en consideración que los criterios de equilibrar los relatos no se aplican a los adultos", puntualizaron.

Entonces, prosiguió Aguilera, "no podemos pretender que esta investigación no tenía un sesgo y se orientó precisamente en ese aspecto. Y hay informes que fueron referidos por el Ministerio Público para solicitar esta medida cautelar, el informe de la Brigada de Homicidios, del CAVAS (Centro de Atención a Víctimas de Agresiones Sexuales), y el informe de apreciación criminológica. En definitiva, una distorsión a la actitud de nuestro representado y se evalúa su credibilidad".

No hay móvil del delito

En relación a la existencia del delito que plantea la Defensoría Pública, "hay que tener presente que se habla de la introducción de un objeto elástico, pero esto tampoco es refrendado por el Servicio Médico Legal, como señalé, no había lesiones intra y extrabucales".

“Desde esa perspectiva, la pregunta que se hace es cuál es el móvil, no tenemos móvil. Concluyendo en este aspecto que no tenemos la letra A, no tenemos la letra B, tampoco tenemos la letra C”, insistió.

Entonces, finalizaron, "creemos como defensa que no es posible consignar una medida cautelar en base a los antecedentes que el Ministerio Público ha expuesto, no porque lo diga esta defensa, sino porque la ciencia es la que lo ha dicho, la ciencia chilena a través del organismo determinado para esto, la Policía de Investigaciones, su Brigada de Homicidios y el Servicio Médico Legal. Eso es lo que se tiene que tener en consideración al momento de resolver la petición del Ministerio Público".

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