Luego que se aprobara la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, comenzaron a surgir diferentes dudas relacionadas a la cantidad de transferencias de diferentes cuentas, que una persona puede recibir, ya que si se cumplen 50, las entidades bancarias deberán informar al SII.
Una de las principales interrogantes está relacionada con quienes han empezado a vender diferentes productos por internet, ya sea por redes sociales o alguna página web, pero que no tienen actividades en el Servicio de Impuestos Internos, y por lo tanto, no pagan IVA.

¿Se pagan impuestos si se vende por internet?
Según explican desde el SII, dentro del grupo de personas que deben iniciar actividades están aquellos que comenzaron a vender productos por internet, ya sean elaborados por ellos mismos o comprados a terceros.
Esto significa que si comercializas algún articulo por un sitio web o alguna red social, vas a tener que formalizar tu situación y, efectivamente, pagar los impuestos, los cuales debes declarar de forma mensual hasta el 20 de cada mes.
Además de esto, las personas que den inicio a sus actividades también tendrán que cumplir con las siguientes obligaciones tributarias:
- Emitir el documento tributario respectivo (boleta o factura, según corresponda), en cada venta realizada por el total del monto involucrado.
- Presentar la declaración anual de Renta. En caso de ser micro o pequeña empresa, el SII ofrece una serie de asistentes para facilitar este trámite.
- Avisar al SII cuando se realicen modificaciones de información, como cambio de domicilio, ampliación de giro, datos de identificación, entre otros.