
La lista de bienes esenciales, ha sido uno de los nuevos dolores de cabeza para el Gobierno en su manejo de la pandemia. Esto, ya que se ha puesto en duda los criterios utilizados para su conformación, sea por los productos que se incluyeron o excluyeron de ella.
Por lo anterior, es que las autoridades sanitarias han debido aclarar una serie de aspectos y rectificar los productos que podrán ser vendidos por el comercio minorista en comunas que se encuentran en cuarentena o Fase 1 del Plan Paso a Paso.
De acuerdo a lo que dio a conocer el lunes 5, la subsecretaria de Prevención del Delito, Khaterine Martorell, se restringe la definición de bienes esenciales de uso doméstico que se podrán comprar tanto en supermercados como comercio minoritario, lo que implica que una serie de establecimientos estarán impedidos de vender sus productos, como por ejemplo, las botillerías, venta de ropa y calzado al detalle o maquillaje al por menor, entre otros.
En otras palabras, los productos que se pueden comprar en el comercio en comunas que estén en cuarentena son alimentos, medicamentos, artículos de aseo e higiene personal. No obstante, y como se mencionó, desde diversos sectores han solicitado al Gobierno redefinir dichos bienes esenciales e incluir, por ejemplo, la ropa de bebé y preservativos, entre otros.
¿Qué bienes esenciales se pueden comprar en las comunas en cuarentena?
Se entiende por bienes esenciales aquellos bienes o servicios que tienen por fin ser utilizados por las personas dentro del domicilio, en comunas que se encuentren en Pasos 1 o 2 (sábado, domingo y festivos) del Plan Paso a Paso, y que son imprescindibles para la subsistencia, el teletrabajo, la educación a distancia o el funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble.
Bienes Esenciales relativos a la subsistencia de la persona
- Alimentos y bebestibles: todo tipo de alimentos y de líquidos.
- Productos sanitarios: todo tipo de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relaciones con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma, tales como, medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica, etc.
- Productos necesarios para la higiene personal: pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc. En general, cualquiera de los regulados en el Libro IV del Código Sanitario.
- Artículos de limpieza: todos los relativos a limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes, etc.
- Artículos necesarios para la Maternidad y primera infancia: tales como ropa y accesorios para recién nacido (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebe e infantiles, elementos para la protección de bebés e infantes, coches, cunas, etc.
- Artículos para mascotas tales como alimentos, accesorios de higiene y cuidado.
- Artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes, tales como mangueras, regadores, plaguicidas, abono, sistemas eléctricos, etc.
Bienes esenciales relativos al teletrabajo o educación a distancia
- Artículos electrónicos, tales como computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios (por ejemplo, audífonos), tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.
- Artículos de oficina: Librería, libros, artículos de oficina, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, etc.
Bienes relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble
- Artículos de cocina: tales como menaje (ejemplos, ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos (ejemplos, utensilios de cocina, papel aluminio); elementos para el desecho de alimentos y residuos (ejemplos, bolsas, basureros), etc.
- Artículos de dormitorio: tales como camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones, guateros, etc.
- Artículos de baño: tales como toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.
- Artículos de lavandería: tales como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, etc.
- Electrodomésticos y línea blanca: Tales como productos de uso habitual como aspiradoras, estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores, batidora, máquina de coser, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores, secadora, congeladores, etc.
- Artículos de ferretería: Aquellos necesarios para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, tales como pinturas, herraje, fijaciones, tubos, conectores, herramientas, accesorios de seguridad, todos los materiales de obra, mantención y reparación de hogares, etc.
- Muebles: tales como sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo, accesorios, etc.
- Iluminación: tales como ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.
Otros bienes esenciales
- Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (ejemplos, gas, carbón, leña, etc.), neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos (ejemplos, ampolletas, focos, elementos de seguridad), etc.
El listado forma parte del instructivo publicado por el Gobierno con los permisos de desplazamiento y nuevas normativas sanitarias que rige desde el 7 de abril.
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