Elecciones 2021: ¿Qué permiso debo tener si voto en región o en una comuna en cuarentena?

La autorización permitirá que las personas que residen en un lugar distinto al de su domicilio electoral, viajar 48 horas entes de los comicios y volver a sus hogares en el mismo lapso una vez concluidos. Aquí te contamos los pasos que debes seguir.

Este fin de semana se realizarán las históricas Elecciones 2021 en donde la ciudadanía podrá escoger a los próximos alcaldes, concejales, gobernadores regionales y convencionales constituyentes. Elección que se realiza con medidas sanitarias especiales debido a la pandemia del coronavirus Covid-19 que afecta a nuestro país y a gran parte del mundo.

Entre aquellas medidas y disposiciones especiales decretadas por las autoridades, destacan el protocolo sanitario para realizar la votación y los permisos que deberán portarse en los casos que se requiera, como para quienes votan en regiones distintas a las de su residencia.

En este caso, la autorización permitirá a las personas que viven o trabajan en un lugar distinto al de su domicilio electoral, viajar 48 horas entes de los comicios en los que este 15 y 16 de mayo se elegirán convencionales constituyentes, gobernadores regionales, alcaldes y concejales, y volver a sus hogares en el mismo lapso una vez concluidos.

Como el propósito es facilitar el ejercicio del derecho al sufragio, el Servicio Electoral detalló en un instructivo con los pasos que los electores deben seguir para poder votar en el proceso que durará dos días para evitar las aglomeraciones en pandemia, ya sea en comunas con Fase 1 y 2, o bien que sus locales de votación estén en otra región.

¿Qué permisos necesito para votar en comunas con Fase 1 y 2?

Los electores y electoras que vivan o sufraguen en comunas en Fase 1 o 2 del Plan Paso a Paso, podrán trasladarse entre sus hogares y sus locales de votación portando su cédula de identidad, sin solicitar un permiso temporal de desplazamiento general para ejercer su voto.

En caso de que requieran efectuar otro tipo de trámites, como compra de insumos básicos u otros de carácter personal, se deberá solicitar el permiso de desplazamiento individual correspondiente en la Comisaría Virtual.

¿Qué permiso necesito si voto en región distinta a la de mi residencia?

Quienes deseen ejercer su derecho a voto en una región distinta a la de su residencia, podrán desplazarse a ella a partir del día jueves 13 de mayo de 2021, debiendo portar su cédula de identidad, el pasaporte sanitario Covid-19, junto con una impresión de pantalla de sus datos obtenida en la Consulta de Datos Electorales de Servel.

Para regresar a sus hogares tendrán un plazo máximo de 48 horas tras el cierre de las mesas receptoras de sufragios el domingo 16 de mayo.

Según la información entregada por la Subsecretaría de Prevención del Delito, las mismas reglas aplicarán a las personas que se trasladen a sufragar a regiones o provincias que tengan como requisito de ingreso presentar un examen PCR negativo.

En ese caso, junto con los documentos descritos con anterioridad, deberán tener un informe de resultados de análisis con una antigüedad no mayor a 72 horas.

¿Qué permiso necesitan los vocales de mesa y miembros de colegios escrutadores?

Los vocales de mesa, podrán desplazarse libremente para llegar a los locales de votación en que desempeñarán esa función, los días 14, 15 y 16 de mayo de 2021.

Para hacerlo, deberán portar de forma física o electrónica el resultado de la Consulta de Datos Electorales, donde conste el local de votación respectivo y su calidad de vocal.

En caso de que su traslado sea entre regiones, deberán además portar el pasaporte sanitario, y se podrán trasladar desde el día 13 de mayo del 2021, debiendo retornar a su residencia dentro de las 48 horas posteriores al cierre de las mesas, portando los mismos documentos señalados anteriormente.

¿Qué pasa con el desplazamiento de los vocales designados en el local de votación?

En tanto, quienes sean vocales de mesa designados en el local de votación, por el Delegado de la Junta Electoral respectiva, podrán trasladarse libremente los días de la votación, desde el local de votación a su domicilio y viceversa portando, además de su carnet de identidad, de forma física o electrónica el documento «Formulario Nómina de Vocales» con los datos y firmas correspondientes.

La misma disposición regirá para quienes se hayan presentado como vocales voluntarios para apoyar el histórico proceso electoral y que deberán presentarse a las 09:00 horas cuando el encargado inicie el proceso de designación.

¿Cómo de desplazarán los miembros de los colegios escrutadores?

Los miembros de los colegios escrutadores podrán desplazarse libremente para llegar al colegio en que deban ejercer su función, el día 17 de mayo de 2021 y, de ser necesario por no haber concluido su labor, el día 18 de mayo de 2021.

Para hacerlo, deberán portar de forma física o electrónica, el resultado de la Consulta de Datos electorales, donde conste su calidad de miembro del colegio escrutador. En caso de que su traslado sea entre regiones, deberán además portar el pasaporte sanitario y podrán hacerlo desde el 13 de mayo de 2021.

Para el caso de desplazamiento interregional, el retorno a los lugares habituales de residencia, podrá realizarse, portando los mismos documentos, dentro de las 48 horas posteriores al cierre del colegio respectivo.

Toque de queda

Cabe destacar que tanto los vocales de mesa como los miembros de colegios escrutadores podrán desplazarse en horario de toque de queda, que el domingo retrasará su inicio para las 02:00 horas del lunes, en atención al horario de cierre de las mesas de votación o colegios escrutadores respectivos.

Importante

Estas reglas no autorizan el desplazamiento de aquellas personas que se encuentran cumpliendo medidas de aislamiento obligatorio en el caso del Covid-19 u otra enfermedad que exponga a otras personas a riesgo sanitario.

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