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Aguinaldo de Fiestas Patrias 2021: montos, requisitos y fecha de pago del bono

El aporte se entrega todos los años como una forma de aminorar la carga económica familiar para las celebraciones del 18 de septiembre.

Se acercan las Fiestas Patrias y con ello, aumentan los gastos para miles de familias en todo el país que incrementan sus gastos producto de las celebraciones que, este año, nuevamente serán en un contexto pandémico. Es por eso, que el Estado dispone del llamado Aguinaldo de Fiestas Patrias 2021.

Entregado tradicionalmente todos los años, el Aguinaldo para este 2021 será complementario con otros aportes como el IFE Universal, al igual que 2020, y será cargado a los y las pensionadas, junto a trabajadores que cumplan con los requisitos establecidos por ley.

El aguinaldo no se considera como un ingreso ni está afecto a impuesto, por lo que no puede tener descuentos de ningún tipo y debe ser recibido íntegramente por sus beneficiarios y beneficiarias.

Montos a entregar por el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2021

Para este año, el aguinaldo entrega montos diferenciados según el tipo de receptor o receptora. Es decir, pensionados tienen un valor asignado, y trabajadores del sector público tienen otro, los que será de la siguiente forma:

Pensionados recibirán un bono de $20.624, a los que se pueden sumar $10.581 por cada carga familiar debidamente inscrita y vigente. En tanto para trabajadores del sector público, el aporte tendrá los siguientes tramos:

  • Remuneraciones a agosto de 2021 igual o menor a $794.149: $76.528.
  • Remuneración a agosto 2021 mayor a $794.149: $53.124.

Para trabajadores del sector privado, el pago del aguinaldo no es obligatorio por ley, sin embargo, estos se pueden negociar con el empleador. Actualmente existen mecanismos de organización de trabajadores, tales como los sindicatos, que negocian y resguardan la entrega de beneficios como este y otros derechos laborales por parte del empleador a sus trabajadores.

Requisitos para obtener el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2021

Como se mencionó, el aporte lo reciben por ley trabajadores del sector público y pensionados. En este último casi, solo serán receptores quienes quienes sean:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
  • Pensionados o pensionadas Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig)y Ley N° 19.992 (Valech).
  • Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejezo de Invalidez).
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.

Fecha de pago del Aguinaldo

El dinero, para el caso de trabajadores públicos, es agregado a la remuneración de septiembre. Mientras que para pensionados, se suma al valor de la pensión.

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