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Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos: Conoce en qué consiste y cómo funcionará

Este viernes 18 de noviembre comenzó a operar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Este viernes 18 de noviembre comenzó a funcionar el nuevo Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, un registro electrónico que está a cargo del Registro Civil.

Este mecanismo legal se creó con el fin de asegurar el pago de pensiones de alimentos a través diversas acciones legales.

El acceso a la plataforma del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos será remoto, gratuito e inmediato, y entregará información clave sobre la persona deudora. Sin embargo, el registro podrá ser consultado por personas con legítimo interés de hacerlo, es decir, los demandantes, el mismo deudor, tribunales o personas obligadas a hacerlo.

¿Quiénes estarán inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos?

Dentro de este registro estarán aquellas personas que:

  • Estén obligadas a pagar pensión de alimentos fijada o aprobada por el tribunal, provisorios o definitivos.

  • Adeuden, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas

¿Qué datos del deudor se podrán revisar dentro del registro?

Los datos que se podrán revisar dentro del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos son los siguientes:

  • Nombre completo y número de cédula de identidad, o documento de identificación.

  • Número de personas alimentarias afectadas (hijos y/o hijas).

  • Monto actualizado de la deuda y cantidad de cuotas adeudadas.

  • Tribunal de Familia que fijó la pensión de alimentos.

  • Datos de la cuenta dispuesta para el pago.

¿Qué consecuencias tendrá el deudor en caso de no pagar la pensión adeudada?

Las medidas que se pueden tomar para que la persona que esté dentro del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos pague, de forma parcial o total su deuda, son:

  • Retención de la devolución de impuestos.

  • Retención de hasta un 50% de un crédito bancario que pida la persona deudora por 50 UF o más.

  • Si la persona vende un vehículo o una propiedad, se podrá impedir la inscripción del traspaso.

  • La negación de la renovación de la licencia de conducir y el pasaporte.

  • Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.

  • Imposibilidad de recibir algunos beneficios del Estado.

  • Retenciones de remuneraciones por parte del empleador para el pago de la deuda.

  • Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo.

  • Además, las personas que están obligadas a realizar Declaración de Intereses y Patrimonio deberán declarar sus deudas alimenticias.

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