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IFE Laboral: Conoce si puedes postular más de una vez a este beneficio que entrega hasta $300 mil

Al IFE Laboral pueden postular todos aquellos y aquellas que hayan firmado un nuevo contrato laboral.

El IFE Laboral es uno de los beneficios que el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) le entrega a los trabajadores y trabajadoras del país.

En específico, este aporte monetario está destinado a todos los hombres y mujeres que firmaron un nuevo contrato laboral luego de haber estado cesantes por algún tiempo.

Los montos que entrega el IFE Laboral varían dependiendo el caso, pero van desde los $100 mil a los $300 mil, siemore y cuando la remuneración bruta mensual del postulante no exceda tres ingresos mínimos mensuales.

Revisa los requisitos del IFE Laboral

Para recibir este beneficio en dinero debes cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener un nuevo contrato de trabajo.

  • Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a tres ingresos mínimos mensuales ($1.200.000)

  • Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.

¿Existen restricciones para obtener el IFE Laboral?

Sí, y las principales restricciones para su postulación son:

  • Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.

  • Las personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y posnatal) al momento de su postulación.

  • Las personas que ya hayan recibido el beneficio por una postulación previa.

¿Cómo se postula a este beneficio?

El trámite se hace en línea, por lo que los pasos a seguir son los siguientes:

  • Ingresa en el sitio del Sence.

  • Haz clic donde dice "Postular".

  • Ingresa con tu RUT y Clave Única.

  • Adjunta tu contrato de trabajo digitalizado. (En JPG, PNG, JPEG o DOC, entre otros).

¿Se puede postular más de una vez al IFE Laboral?

No, ya que es un beneficio que se otorga una sola vez. Las personas que ya hayan recibido el pago por alguna postulación previa, no podrán volver a hacerlo aunque queden cesantes nuevamente.

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