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Asignación Familiar y Maternal: ¿Qué familias pueden acceder a estos beneficios entregados por el Estado?

Se trata de dos beneficios estatales destinados a trabajadores y trabajadoras que cumplan con una serie de requisitos dictados por la ley.

La Asignación Familiar y la Asignación Maternal son dos beneficios estatales destinados a trabajadores y trabajadoras que cumplan con una serie de requisitos, dependiendo del aporte que busquen recibir.

Por un lado, la Asignación Familiar está destinada a trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, y entrega un monto por cada carga familiar, siempre y cuando cumplan con lo establecido por la ley.

En la misma línea, la Asignación Familiar es un aporte otorgado a trabajadoras embarazadas y trabajadores, respecto de sus cónyuges embarazadas, que sean causantes de la Asignación Familiar. Además, los beneficiarios de estos aportes también recibirán el Bono Canasta Básica.

¿Cuáles son los montos que entrega la Asignación Familiar y Maternal?

Los montos que entregan estos aportes aumentaron luego de la aprobación del reajuste al sueldo mínimo. Desde ahora, los beneficios entregan la siguiente cantidad de dinero:

  • Beneficiarios con ingreso mensual de hasta $398.443: reciben $15.597 por carga familiar.
  • Beneficiarios con sueldo mensual entre $398.444 y $581.968: reciben $9.571 por carga familiar.
  • Beneficiarios con ingreso mensual entre $581.969 y $ 907.672: reciben $3.025 por carga familiar.
  • Beneficiarios con un ingreso mensual a partir a $907.673: reciben $0. Esto no hace perder la condición de carga para otros efectos, por ejemplo, sistema de salud, servicios de bienestar y otros.

¿Cómo y cuándo se pagan?

Asignación Familiar

Revisa a continuación cómo se pagan dependiendo de tu situación:

  • Trabajadores dependientes: es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
  • Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
  • Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
  • Pensionados: paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
  • Subsidiados por cesantía: se paga junto al subsidio.

En ese sentido, la ley permite el pago directo al causante en los siguientes casos:

  • Por hijos menores: se paga directamente a la madre con quien(es) viva(n), a petición de ella.
  • Cónyuge e hijos mayores de edad: se paga directamente a ellos o la persona que se encuentre a su cargo, si lo solicitan.
  • Cualquiera de los causantes: se paga directamente a cónyuge o bien la persona que se encuentre a cargo el causante, en aquellos casos que el beneficiario se rehúse a imprecar el derecho o el pago de la asignación.

Asignación Maternal

Pueden recibir este beneficios aquellas(os):

  • Trabajadoras embarazadas dependientes, independientes afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (excepto del Subsidio Familiar o Maternal).
  • Los trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza respecto de sus cónyuges embarazadas y causantes de Asignación Familiar.
  • En el caso de las embarazadas, se les paga el aporte directamente a ellas, mientras que en el caso de ser carga del trabajador, se les paga junto a su sueldo (dependientes), en la devolución de impuestos o cuando efectúen sus cotizaciones o aportes (independientes).

Este aporte monetario solo puede ser solicitado desde el quinto mes de embarazo, ya que una vez asignado y verificado el derecho al beneficio, se pagará retroactivamente y por todo el resto del período de gestación.

¿Cómo solicitarlas?

Asignación Familiar

Quienes quieran recibir este beneficio, deben tener sus cargas familiares reconocidas y acreditadas. Asimismo, el trámite se realiza a través del organismo que administra las cargas del trabajador, que pueden ser una AFP, una caja de compensación, el IPS u otra entidad.

Una vez que las cargas familiares estén reconocidas, el pago de la Asignación Familiar comenzará a pagarse de forma automática.

Asignación Maternal

Como se comentó anteriormente, este beneficio se debe solicitar desde el quinto mes de embarazo, pero una vez asignado y verificado se paga retroactivamente y por todo el período de gestación.

Para solicitarlo las beneficiarias y beneficiarios deben acercarse a un Centro de Atención IPS-ChileAtiende con un certificado que acredite el tiempo de gestación.

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