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Subsidio Único Familiar: Conoce el nuevo monto que entregará el beneficio

Los hogares que sean beneficiarios del Subsidio Único Familiar recibirán los pagos por un periodo de tres años.

El Subsidio Único Familiar (SUF) es un aporte al que pueden acceder madres y padres que no puedan costear los gastos de sus cargas familiares.

Este beneficio entrega un total de $16.828, sin embargo, este lunes la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó el aumento del monto.

Las familias que reciban el SUF obtendrán sus pagos por un periodo de tres años, no obstante, en caso de que aún cumplan los requisitos, este puede ser renovado.

¿Cuál es el nuevo monto que entregará el Subsidio Único Familiar?

Con lo aprobado por la Cámara, el Subsidio Único Familiar tendrá un aumento en el monto que entrega de un 20%.

Así, los hogares que son beneficiarios comenzarán a recibir un total de $20.328, el cual iniciará su pago el próximo lunes 1 de mayo.

¿Quiénes pueden recibir el beneficio?

Las personas que pueden acceder al Subsidio Único Familiar son aquellas que estén dentro del 60% del Registro Social de Hogares, que no puedan costear los gastos de sus cargas, y cumplan uno de los siguientes roles:

  • Madre.
  • Padre.
  • El o la guardadora que tenga a su cargo al o los menores.
  • La persona natural que tenga a su cargo persona(s) con discapacidad intelectual o inválidos de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Embarazadas (reciben el subsidio maternal).

Si cumples con esto, podrás solicitar los pagos del SUF directamente en la municipalidad correspondiente a tu domicilio presentando la siguiente documentación:

  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Carnet control niño sano al día, para menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, para mayores de 6 años y menores de 18.
  • Para las personas con discapacidad intelectual, se debe presentar acreditación de su condición. esto se realiza a través de la comisión de medicina preventiva e invalidez (compin) correspondiente al domicilio del causante.
  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

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