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Revisa con tu RUT si recibes el Bono por Hijo

Este beneficio está destinado a las madres ya jubiladas que cumplen ciertos requisitos y donde el monto del aporte será sumado a su pensión.

Bono por Hijo. Esta ayuda estatal se suma a la Pensión Garantizada Universal. (Crédito; Pixabay)

El Bono por Hijo es un aporte del Estado destinado para madres biológicas o adoptivas desde sus 65 años, el cual busca incrementar su pensión de jubilación, por lo que no se paga al momento del nacimiento del hijo.

Este beneficio social consiste en un pago equivalente al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales que se entregan mes a mes hasta completar su totalidad.

Esta bonificación se encuentra a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS) y en caso de adopción, el pago se generará tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva y sólo con su RUT puede acceder a los montos destinados, en base a la fecha de nacimiento de su hijo.

Revisa con tu RUT si accedes al Bono por Hijo

Para acceder al Bono por Hijo sólo necesita su RUT y realizar los siguientes pasos:

  • Ingrese a IPS en Línea
  • Seleccione el recuadro azul de “Personas”
  • Digite posteriormente su RUT y pulse en “Consultar”
  • Seleccione el recuadro “Pensión Garantizada Universal, Pilar Solidario y “Bono por Hijo”
  • La plataforma posteriormente le indicará si es beneficiario (a) o no.
Es un monto por cada hijo nacido vivo o adoptado que se paga con la pensión. (Crédito; Pixabay

¿Qué requisitos debe cumplir para acceder al Bono por Hijo?

Las madres jubiladas o pensionadas que necesiten postular al Bono por Hijo, deben cumplir con ciertos requisitos antes de postular, los que describen a continuación:

  • Madres desde los 65 años de edad
  • Vivir en Chile por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años.
  • Haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.
  • Estar afiliada a una AFP y haber obtenido su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  • Ser titular de una Pensión Básica Solidaria de Vejez y haber obtenido su pensión a contar del 1 de julio de 2009.
  • Si no estás afiliada a una previsión, haber recibido una pensión de sobrevivencia otorgada por una AFP, compañía de seguros o el IPS a contar del 1 de julio de 2009.

¿Cuáles son los montos del Bono por Hijo?

El Bono por Hijo se desglosa en dos categorías para definir la entrega de los montos:

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio del año 2009, se considera el ingreso mínimo vigente en dicha fecha, que corresponde a $165.000.
  • Si nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo que se considera es el vigente durante el mes de su nacimiento.





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