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Así se solicita este beneficio para personas que están cesantes

Conoce cómo postular y cuáles son los documentos necesarios para solicitar este subsidio.

Hombre mirando hacia el suelo. Persona cesante.
Subsidio de Cesantía. Este subsidio es una ayuda económica a cargo del IPS para personas en cesantía. Créditos: Pexels. (Crédito; Pixabay)

El Subsidio de Cesantía es un aporte económico que busca ayudar a las personas que se encuentran sin empleo por un periodo máximo de 360 días y reciban un monto mensual.

Cabe señalar que, esta ayuda monetaria a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS) o de las diferentes cajas de compensación, a diferencia del Seguro de Cesantía.

Quienes tengan este subsidio, pasarán a ser parte de los beneficiados de la Asignación Familiar y/o Maternal o la Asignación por Muerte y tendrán derecho a asistencia médica gratuita.

¿Cómo solicitar el Subsidio de Cesantía?

Las personas que deseen solicitar este aporte, debes hacer exclusivamente de manera presencial en las oficinas de Chile Atiende, presentando los siguientes documentos en la institución:

  • Cédula de identidad del interesado.
  • Formulario de solicitud de subsidio de cesantía, que se obtiene en oficinas ChileAtiende o en la Caja de Compensación que corresponda.
  • Finiquito otorgado por el empleador. Puede ser, también: Copia de Avenimiento o Sentencia Judicial ejecutoriada, o el Acta de Comparecencia por denuncia en la Dirección del Trabajo.
  • Certificado de cotizaciones previsionales del IPS o AFP, según corresponda.
  • Certificado de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad (se deja una fotocopia en el expediente; es solamente para iniciar el trámite, pues la revisión mensual la hace el IPS).
Montos del Subsidio de Cesantía.
Montos del Subsidio de Cesantía. Créditos: Chile Atiende

¿Quiénes pueden acceder al Subsidio de Cesantía?

Aquellos trabajadores y trabajadoras que estén cesantes y cumplan con los siguientes requisitos pueden postular a este subsidio:

  • Tener, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
  • Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
  • Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).

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