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Requisitos para que tu familia pueda recibir $58 mil todos los meses

Los pagos mensuales del Bono Base Familiar están a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS).

Bono Base Familiar. Conoce los requisitos que debes cumplir para tener $58 mil mensuales.

El Bono Base Familiar es un beneficio económico que creó el Estado de Chile para los grupos de la población más vulnerable, según indique el porcentaje del Registro Social de Hogares (RSH).

Sus pagos alcanzan los $58.000 mensuales, los que pueden recibir de forma automática todos quienes pertenezcan y participen en el Subsistema de Chile Seguridades y Oportunidades.

Por otra parte, y como forma de apoyar por un periodo estable a la ciudadanía, el Bono Base Familiar se otorgará por veinticuatro meses a todos los beneficiarios.

Conoce los requisitos del Bono Base Familiar

Para recibir este dinero las personas deberán cumplir con la siguientes condiciones:

  • Participar del Acompañamiento Psicosocial (APS) o del Acompañamiento Sociolaboral (ASL) en los programas Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos.
  • Que su ingreso per cápita mensual sea inferior a $45.572 (Según CASEN 2009, conforme al Decreto N°30 del Ministerio de Desarrollo Social que aprueba reglamento de la Ley N°20.595, sobre transferencias monetarias y el bono de protección).

Consulta con tu RUT si puedes recibir el Bono Base Familiar

Chile Atiende en conjunto con el IPS habilitaron una plataforma online en la que se puede revisar si eres o no beneficiario de este u otros aportes del Estado.

Solo debes ingresar a Mi ChileAtiende, digitar tu RUT y pulsar en “Consultar”. El sistema informará rápidamente si te corresponden los pagos del Bono Base Familiar, además de la fecha y forma de pago de tus $58 mil.

En "Mi Chile Atiende" las personas podrán conocer la fecha y forma de pago del Bono Base Familiar.
En "Mi Chile Atiende" las personas podrán conocer la fecha y forma de pago del Bono Base Familiar.

¿Quiénes pueden cobrar el dinero de este bono?

El pago de este subsidio se entregará en el siguiente orden de prioridad:

  • Madres de personas menores de 18 años o con certificado de invalidez
  • Mujer mayor de 18 años que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar
  • Mujer mayor de 18 años que se desempeña como dueña de casa
  • Hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar
  • Cualquier mujer mayor de 18 años
  • Cualquier hombre mayor de 18 años
  • Persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

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