El Subsidio Único Familiar es un aporte monetario que entrega el Estado a través del Instituto de Previsión Social (IPS) a las madres o padres que no puedan costear los gastos de sus cargas familiares.
A través de este beneficio se otorgan pagos mensuales de $20.328 por un periodo de tres años, monto que se duplica en caso de que el o la causante tenga alguna discapacidad.
Si bien hay quienes comenzaron a recibir el beneficio de forma automática, los hogares que estén entre el 40% y 60% del Registro Social de Hogares deben postular, trámite que pueden realizar durante todo el año.
¿Cómo postular al Subsidio Único Familiar?
Para poder postular a este beneficio debes dirigirte de forma presencial a la municipalidad correspondiente a tu domicilio, indicar que quieres acceder al Subsidio Familiar y presentar la siguiente documentación:
- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Cuando corresponde, documento que acredite la calidad de guardador o cuidador de menores de edad.
- Fotocopia de carné de control de niño sano al día de los menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
- Acreditación de la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- En el caso de mujeres embarazadas, deberás presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.

Conoce a las y los causantes de este beneficio
Las personas por las cuales se puede recibir el Subsidio Único Familiar son aquellas que sean cargas y que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
- Menores de 18 años que participen en los programas de salud del Minsal para la atención infantil hasta los 8 años y no tengan una renta superior al SUF.
- Por niños mayores de 6 años se debe acreditar que son alumnos regulares en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a no ser que tuvieran alguna discapacidad.
- Tengan alguna discapacidad intelectual según la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez o de algún tipo de pensión asistencial.
- Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.
Junto con esto, también son consideradas como causantes para recibir el SUF:
- Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales reciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
- La mujer embarazada (puede postular al Subsidio Maternal).