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Así puedes acceder a los $77 mil del Bono Invierno 2024

Este aporte del Gobierno se entrega de forma automática a todos los adultos mayores que cumplan con los requisitos que detallamos en esta nota.

Bono Invierno Para recibir este aporte no se necesita postular, pero sí cumplir algunos requisitos. (Crédito; Pixabay)

El Estado de Chile habilitó el Bono Invierno con el fin de apoyar a las personas durante meses que requieren más gastos por calefacción, luz e ítems que conllevan desembolsar más dinero. Este beneficio monetario puede recibirlo la tercera edad.

En 2024, esta iniciativa del Gobierno va a entregar $77.982, lo que significa un aumento de 3.000 pesos en comparación a la suma del año anterior, cuando se entregó a los beneficiarios $74.767.

En este caso particular, el aporte del Bono Invierno no exige postulación como otras ayudas, ya que se entregará automáticamente a todos los adultos mayores de 65 años de edad que cumplan los requisitos establecidos en la ley.

El monto del Bono Invierno fue duplicado tras su aprobación en el Congreso tras el anuncio del Presidente Gabriel Boric.
El monto del Bono Invierno fue duplicado tras su aprobación en el Congreso tras el anuncio del Presidente Gabriel Boric.

Estos son los requisitos para recibir el Bono Invierno

Todas las personas que sean pensionadas por el Instituto de Previsión Social, Instituto de Seguridad Laboral, Cajas de Previsión o Mutualidades de Empleadores podrán cobrar el Bono Invierno 2024.

Así mismo, recibirán el aporte económico quienes cumplan con estos requisitos:

  • Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez, que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

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