La Pensión de Viudez es un aporte monetario entregado por el Estado que permite a los cónyuges de imponentes o pensionados fallecidos del antiguo Sistema de Reparto, recibir un aporte monetario permanente y de por vida.
De esta forma, se recibe un monto en dinero se paga mensualmente a la viuda del empleador que fallece, el cuál también podrá ser recibido por el viudo, pero solo si esté es inválido.
Si la beneficiaria es menor de 55 años y contrae matrimonio, tiene derecho a que se le pague, por una sola vez, el equivalente a dos años de su pensión.
Para solicitar la Pensión de Viudez debes ingresar al sitio web de IPS. A continuación, te indicamos los documentos necesarios, los requisitos y el monto a pagar.

¿Cuáles son los requisitos para la Pensión de Viudez?
Acá te indicamos los requisitos que necesitas cumplir para recibir el beneficio:
- Haber contraído matrimonio: al menos seis meses antes de la fecha de fallecimiento del imponente o pensionado de invalidez parcial o al menos tres años antes, en caso de pensionados de vejez o invalidez absoluta. (Los plazos no aplican si existen hijos menores de edad, la viuda quedó embarazada o el imponente falleció por accidente común).
- Haber registrado al menos 401 o más semanas de cotizaciones (la o el cónyuge imponente fallecido).
- Que la causa de muerte del cónyuge no genere una pensión por accidente del trabajo o enfermedad profesional.
En el caso del cónyuge varón, además es necesario que:
- Haya sido declarado con invalidez por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
- Haya vivido a expensas de la cónyuge.
¿Qué documentos necesito para hacer el trámite?
Para realizar el trámite en oficina, debes presentar los siguientes documentos:
- Si el fallecido es pensionado debes tener la cédula de identidad y poder notarial, si es que el trámite es realizado por un apoderado.
- Si el fallecido o fallecida es trabajador activo necesitas su cédula de identidad, Certificado de matrimonio actual y en caso de nulidades la libreta del ex Seguro de Servicio Social (si tiene).
- Si quien tramita la viudez es el cónyuge debes llevar la copia del dictamen de invalidez, emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) y la copia de la autorización de carga o informe social (desde una oficina de ChileAtiende), esto para acreditar que vivía a expensas de la cónyuge.
¿Cuánto es el dinero entregado?
Revisa acá cuál el dinero recibido:
- El monto entregado es de $60.878, si la persona beneficiaria tiene 70 años o más, no tiene derecho a otra pensión y no percibe ingresos por trabajos, ni dispone de otras rentas.
- Pero el monto entregado es de $40.175, si la persona beneficiaria tiene menos de 70 años.