El Presidente entrega este bono para toda la vida: Así se solicita el subsidio

Solo hay que cumplir un requisito para recibirlo y el monto varía en cada caso.

Pensión de Gracia. Este subsidio se puede solicitar durante todo el año. (En La Hora)

La Pensión de Gracia es un beneficio entregado por el Presidente de la República a personas que cumplan solo un requisito, pudiendo ser recibido de por vida o por un periodo designado de tiempo.

Los montos también varían, estando fijado en el ingreso mínimo no remuneracional, el que a día de hoy está en los $296.511. Puede ser solicitado durante todo el año y está dirigido a personas en vulnerabilidad social.

Los montos a recibir varían en cada caso.
Pensión de Gracia. Los montos a recibir varían en cada caso.

¿Cómo solicitar la Pensión de Gracia?

Para pedir ser beneficiario o beneficiaria de este subsidio, deberás dirigirte a Agustinas 1235, piso 5 en Santiago, donde se ubica el Departamento de Pensiones de Gracia.

Si eres de región, puedes acercarte a la delegación presidencial de tu región o provincia. Ahí, tienes que entregar una carta de solicitud dirigida al Presidente de la República y con destino al Palacio de la Moneda.

Esta debe contener tu nombre completo, RUT, tu dirección, correo electrónico y teléfono. Opcionalmente, puede tener anexada una fotocopia de tu cédula, certificados de salud (entregados por un hospital o consultorio municipal), pago del agua, luz, etcétera.

Una vez entregada la carta, ya habrás pedido recibir la Pensión de Gracia. Ten en cuenta que si ya recibes pensiones básicas de vejez o invalidez, tu solicitud para este aporte será denegada.

¿Qué requisito debo cumplir para recibir la Pensión de Gracia?

Pueden recibir esta pensión aquellas personas que cumplan con solo un requisito de las cuatro causales que existen:

  • Haber prestado servicios distinguidos o realizado actos meritorios en beneficio del país.
  • Haber sido afectado por catástrofes o accidentes en los que existan circunstancias extraordinarias que justifiquen la recepción del bono.
  • Encontrarse incapacitados o con dificultades graves e insalvables para ejercer una actividad remunerada para subsistir.
  • Estar afectado por otras situaciones especiales y fundamentadas que ameriten la entrega de la pensión.