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Conoce con tu nombre si tienes dinero olvidado en el banco: Hay más de $104 mil millones por cobrar

Según la Comisión para el Mercado Financiero, hay quienes podrían tener más de 5 UF pendientes por retirar.

Acreencias bancarias. Estos son los pasos que debes seguir. (SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE/SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE)

Las acreencias bancarias son fondos que han sido olvidados o no reclamados en bancos y cooperativas del país durante más de dos años. En ocasiones, las personas reciben pagos que no retiran de inmediato, lo que puede resultar en sumas acumuladas.

En términos de montos, ciertos individuos podrían tener más de 5 UF pendientes por retirar, equivalente aproximado a $183.000. Además, se estima que en Chile podrían estar pendientes de cobro hasta $104 mil millones de pesos.

Descubre cómo saber si hay fondos a tu favor.
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Revisa si tienes acreencias bancarias a tu favor

Existen dos formas de saber si cuentas con acreencias bancarias en alguna entidad del país. Revisa en la tabla de a continuación los pasos:

Consulta en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF)Utiliza el Buscador de Acreencias Bancarias
1. Visita la página web de la CMF.1. Accede a la plataforma del Buscador de Acreencias Bancarias.
2. Busca el listado de acreencias bancarias publicado a principios de cada año.2. Ingresa tu nombre y apellido en los campos correspondientes.
3. Revisa el listado para ver si tu nombre aparece.3. Pulsa el botón “Buscar acreencias”.
4. Si encuentras tu nombre, anota el monto y el lugar donde puedes reclamar tu dinero.4. Revisa los resultados que te indicarán si tienes fondos por retirar y proporciona los detalles necesarios para el cobro.

Para consultar en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) hay que entrar a este sitio. Mientras que para utilizar el Buscador de Acreencias Bancarias se debe ingresar a este enlace.

¿Qué tipo de fondos no se consideran acreencias bancarias?

Las acreencias bancarias pueden no aplicarse a ciertos tipos de fondos. Aquí te presentamos una lista de situaciones en las cuales este concepto no es aplicable:

  • Depósitos y captaciones a plazo indefinido o con cláusula de renovación automática.
  • Boletas o depósitos de garantía.
  • Sumas recibidas por cheques viajeros.
  • Casos en que existe retención, prenda o embargo sobre los dineros.

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