Servicios

El IPS te entregará un pago de $889.000 si cumples con estos requisitos

A través de este bono se busca apoyar a aquellas personas que están pasando por un momento difícil en sus vidas.

Asignación por muerte. Conoce si puedes recibir esta ayuda del IPS. (En La Hora)

Desde el Instituto de Previsión Social (IPS) han implementado una serie de aportes con el fin de apoyar a las personas en diferentes momentos de su vida, y uno de estos es para quienes están pasando por uno de los más difíciles.

Nos referimos a la Asignación por Muerte, ayuda que otorga un pago de $889.533 destinado a cubrir los gastos funerarios de la persona, pero se entregará solo si se cumplen los requisitos y se cuenta con la documentación necesaria.

¿Quiénes pueden recibir la Asignación por Muerte?

Las personas que pueden acceder a esta ayuda son aquellas naturales o jurídicas que hayan pagado los gastos funerarios del beneficiario o beneficiaria del IPS que falleció.

Junto con esto, el o la fallecida por la que se recibe el beneficio no debe registrar afiliación al sistema del Decreto Ley (DL) Nº 3.500 a la fecha del deceso, y debe cumplir con una de estas condiciones:

  • Haber sido beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o del Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
  • Quienes recibían la PGU (a partir del 1 de febrero de 2022) obtendrán una cuota mortuoria de 15 unidades de Fomento (UF).
  • Hayan tenido, al menos, una cotización en alguna de las ex cajas de previsión dentro de los últimos seis meses anteriores a su fallecimiento.
  • Haber sido beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o pensión de Sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una AFP (DL Nº 3.500).
  • Hayan sido beneficiarios de un Subsidio de Incapacidad Laboral, SIL (DFL Nº 44, de 1978 y Ley Nº 16.744), Subsidio de Cesantía (DFL Nº 150, de 1981) o Subsidio de Discapacidad.
  • Haber sido pensionado o pensionada de las ex cajas de previsión y leyes especiales.
  • En el caso de los pensionados o pensionadas de orfandad y convivencia, causarán el beneficio siempre que, además, hayan sido beneficiarios de aporte solidario a la fecha del fallecimiento.
Revisa cómo puedes acceder a esta ayuda.
Revisa cómo puedes acceder a esta ayuda.

¿Cómo puedo solicitar esta ayuda del IPS?

En caso de que estés atravesando este momento difícil y quieres acceder a la Asignación por Muerte solo necesitas ingresar al sitio del IPS en Línea, y dependiendo del tipo de solicitante que seas, tendrás que seguir estos pasos:

Para personas naturales:

  1. Ingresa el RUT del solicitante.
  2. Pulsa en “Asignación por Muerte”.
  3. Digita el RUT del causante (el sistema identifica si los datos son correctos).
  4. Accede con tu Clave Única
  5. Completa los datos requeridos (de la empresa funeraria y del solicitante) y adjunta la documentación (factura original entregada por la empresa funeraria y certificado de sepultación, si han pasado más de 30 días desde el fallecimiento de la persona causante).

Para empresas:

  1. Ingresa el RUN del representante de la empresa funeraria.
  2. Selecciona la empresa por la cual solicitará el beneficio (cuando el representante legal se desempeñe en más de una funeraria).
  3. Pulsa en “Solicitud de asignación por muerte”.
  4. Digita el RUT del causante.
  5. Completa los datos requeridos y adjunta la documentación (Factura original, copia de la cédula de identidad de la persona beneficiaria, cesión de derecho).

Tags