¿Cómo postular a la Asignación Familiar para recibir hasta $21.000 al mes por hijo?

Es necesario inscribir las correspondientes cargas para solicitar el aporte.

Asignación Familiar. Los montos que entrega el bono varían según la cantidad de causantes e ingresos mensuales. (Freepik)

Con el fin de apoyar económicamente a los hogares de Chile, el Estado entrega la Asignación Familiar, bono de hasta $22.007, monto que varía según los ingresos de la persona, que se paga de forma mensual, dependiendo de la cantidad de hijos o causantes que posea el beneficiario. Es decir, si tiene por ejemplo tres hijos, podrá cobrar un máximo de $66.021 gracias al aporte.

Para solicitar este subsidio, se debe inscribir a las correspondientes cargas familiares a través de internet, en el sitio web y sucursal virtual de Chile Atiende, o acudir de manera presencial a oficinas de la institución.

Quienes estén afiliados a alguna Caja de Compensación, podrán realizar el trámite a través de los canales de atención que estas otorgan.

¿Qué documentos necesito para solicitar la Asignación Familiar?

Al momento de la solicitud, la institución a cargo pedirá una serie de documentos para verificar que todo esté en orden, exceptuando si la persona recibe el Seguro de Cesantía:

  • Trabajadores y trabajadoras dependientes: contrato de trabajo, detalle de licencias médicas, certificado de la AFP y declaración jurada de renta.
  • Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: Formulario 22 del Servicio de Impuestos Internos (SII) y reporte de boletas de honorarios u otros antecedentes que acrediten su calidad.
  • Trabajadores independientes que no emiten boletas de honorarios:
    • Iniciación de actividades, patente municipal, u otros antecedentes que acrediten que no emites boletas de honorarios.
    • Planilla de pago de las imposiciones por todos los meses a los que tienes derecho a la Asignación Familiar.
    • Declaración jurada de ingresos.
    • Declaración jurada de actividad.
  • Trabajadores y trabajadoras independientes que pertenezcan al ex Servicio de Seguro Social (SSS), ex Caja de Previsión de Empleados Particulares (EMPART) y ex Caja Hípica:
    • Planilla de cotizaciones o certificado de cotizaciones de la AFP.
    • Boleta de honorarios, declaración de impuestos o iniciación de actividades.
  • Pensionados y pensionados (AFP, PGU y Pensión Básica Solidaria de Invalidez): resolución de la pensión, liquidación u otro documento de pago.
  • Instituciones acreditadas por el Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos: certificados de acreditación y que no recibe aporte estatal.
  • Personas naturales, pensionadas o cesantes que tengan el cuidado de un o una menor por sentencia judicial: contrato, resolución de la pensión, liquidación u otro documento de pago.

Además, y dependiendo del tipo de causante que se quiera inscribir, se solicitarán también los siguientes papeles para realizar la inscripción:

  • Hijos, hijos adoptados e hijastros inválidos de cualquier edad, o ascendientes (sin límite de edad): certificado de discapacidad de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). 
  • Hijos, hijos adoptados o hijastros entre 18 y 24 años (si están estudiando): certificado de estudio emitido por una institución de educación superior reconocida por el Estado (debe especificar si los estudios son semestrales o anuales).
  • Nietos y bisnietos huérfanos de padre y madre o abandonados por estos (hasta los 18 años): informe social elaborado por un o una asistencia social.
  • Nietos y bisnietos inválidos (sin límite de edad): certificado de discapacidad de la COMPIN e informe social emitido por un o una asistencia social. 
  • Nietos y bisnietos huérfanos de padre y madre o abandonados por estos (entre 18 y 24 años si están estudiando): certificado de estudio emitido por una institución de educación superior reconocida por el Estado (debe especificar si los estudios son semestrales o anuales) e informe social emitido por un o una asistencia social.
  • Niños huérfanos o abandonados, menores de 18 años, que estén al cuidado de una institución o persona natural: resolución u oficio del tribunal de familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial. Si tienen entre 18 y 24 años y están estudiando, debes presentar el certificado de estudio emitido por una institución de educación superior reconocida por el Estado (especificar si los estudios son semestrales o anuales).
  • Trabajadoras embarazadas o cónyuge embarazada: certificado validado por la COMPIN, emitido por un médico o matrona del Servicio de Salud, que indique fecha probable de gestación y parto. 
Este bono se paga mensualmente.
Asignación Familiar. Este bono se paga mensualmente.

¿Quiénes son considerados cargas para la Asignación Familiar?

El beneficio se pagará siempre y cuando la persona tenga a su cargo, y correctamente inscrito, alguno de los siguientes causantes:

  • Cónyuge.
  • Cónyuge embarazada.
  • Trabajadora embarazada.
  • Hijos, hijas, hijastros e hijastras, hasta los 18 años o 24 años, si son solteros y estudiantes regulares de enseñanza media, técnica especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por este.
  • Hijas e hijos inválidos de cualquier edad.
  • Nietas, nietos, bisnietas y bisnietos, huérfanos de padre o madre o abandonados por estos (se les otorga el beneficio bajo los mismos requisitos que a los hijos e hijas).
  • Madre viuda.
  • Padres, madres, abuelos, abuelas u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.
  • Niños huérfanos o abandonados en las mismas condiciones que los hijos, hijas y personas inválidas que estén a cargo de instituciones del Estado.
  • Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.