Bono Post Laboral: Estos son los jubilados que pueden cobrar $98.000 mensuales de por vida

El pago del beneficio busca ir en apoyo de las personas que ejercieron en el sistema público durante su trayectoria profesional.

Bono Post Laboral. El aporte debe solicitarse ante la jefatura máxima del organismo donde se desempeñaron labores. (En La Hora)

En Chile, los adultos mayores pueden optar a múltiples beneficios por parte del Estado, quienes se preocupan de que uno de los grupos mayoritarios de la población puedan acceder a estos aportes económicos que complementan sus ingresos y los ayudan a cubrir sus gastos básicos.

En esa misma línea, se realiza el pago del Bono Post Laboral, el que durante este 2025 entrega $98.670 mensuales de por vida para los trabajadores jubilados de las siguientes instituciones públicas:

  • Gobierno central, Gobiernos regionales y municipalidades.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Universidades estatales.
  • Contraloría General de la República.
  • Consejo Nacional de Televisión.
  • Consejo Superior de Educación.
  • Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • FONADIS.
  • SERCOTEC.
  • CONAF.
Este Bono se entrega de por vida para mujeres sobre los 60 años y hombres mayores de 65.
Bono Post Laboral.Este Bono se entrega de por vida para mujeres sobre los 60 años y hombres mayores de 65.

¿Qué otros requisitos hay que cumplir para recibir el Bono Post Laboral?

Además de pertenecer a cualquiera de las entidades estatales antes mencionadas, quienes deseen solicitar el Bono Post Laboral también deberán cumplir una serie de requisitos, que son:

  • Tener más de 60 años en el caso de las mujeres y 65 en el de los hombres.
  • Pertenecer a una AFP.
  • Haber trabajado 20 años o más, continuos o discontinuos, en el servicio público.
  • Ser funcionario de planta, contrata, o por Código del Trabajo de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
  • Haber sido funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
  • Haber cesado en el cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

¿Cómo y dónde cobrarlo?

Quienes cumplan con todo lo anterior, podrán solicitar el Bono Post Laboral ante la jefatura superior del respectivo organismo público donde se desempeñaron funciones.

Para ello, tendrán como plazo los 12 meses siguientes desde el cumplimiento de la edad solicitada.