En medio de todas las complicaciones que han debido enfrentar los chilenos a causa de la pandemia, hay otra de la que no se ha hablado mucho pero reviste mucha importancia para su salud y su bolsillo que es el rechazo de las licencias médicas que, en algunos casos, son denegadas en forma sucesiva y sin mayor explicación. Te puede interesar: Bono Logro Escolar: Revisa con tu rut si eres beneficiario Si te encuentras en esa situación, aquí te explicamos el rol de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) y cuáles son los pasos a seguir:
¿Cuáles son las causales de orden médico para rechazar licencias médicas?
Estas son la falta de justificación del reposo y pérdida de la temporalidad de la licencia médica.
- Falta de justificación del reposo: Se considera que no hay una incapacidad laboral temporal que impida que el trabajador asista a trabajar, o bien, que habiendo estado originalmente impedido de ir al trabajo, el reposo otorgado es excesivo, procediendo que vuelva a trabajar en una fecha anterior.
- Pérdida de la temporalidad de la licencia médica: Este permiso tiene por finalidad que el trabajador haga reposo por un tiempo para que recupere su salud y vuelva a trabajar. Por ende, corresponde rechazar las licencias médicas en que se determine que el trabajador ya no va a estar nuevamente en condiciones de volver al trabajo. Ello se explica porque la licencia es un beneficio temporal y no puede usarse indefinidamente como si fuera una pensión de invalidez.
¿Se puede apelar de esa resolución?
Sí, tanto la resolución de la Compin como de la Isapre son apelables.
¿Ante qué organismo se apela en caso de Fonasa?
Cuando la Compin rechaza o modifica una licencia médica de un trabajador que cotiza para salud en Fonasa, se debe apelar ante la Superintendencia de Seguridad Social.
Dicha entidad, está ubicada en Huérfanos 1376, entrepiso, Santiago, y tiene una Oficina de Atención de Usuarios que atiende en forma personal de lunes a viernes, entre las 8:40 horas y las 14:00 horas. La apelación también se puede enviar mediante carta a la dirección a través del sitio de la entidad. No existe un plazo para efectuar la apelación ante la Superintendencia de Seguridad Social, sin embargo el subsidio que ella pueda generar prescribe en el plazo de 6 meses contados desde el término de la licencia.
¿Ante qué organismo se apela en el caso de Isapre?
En contra de la resolución que dicte la isapre se puede apelar ante la Compin correspondiente al domicilio que el trabajador tenga señalado en el contrato de salud con la institución. El
plazo para apelar es de 15 días hábiles contados desde la recepción de la carta certificada en que la Isapre notificó el rechazo
,
reducción o modificación de la licencia.
En todo caso, de
la Resolución que dicte la Compin se puede apelar ante la Superintendencia de Seguridad Social.
¿Qué ocurre en caso de despido de un trabajador durante la licencia médica?
Tratándose de trabajadores del sector privado, los subsidios duran hasta el término de la correspondiente licencia médica, aún cuando haya terminado el contrato de trabajo.
Se entiende por correspondiente licencia médica no sólo aquella de la cual el trabajador esté haciendo uso al término del contrato de trabajo, sino que cualquier otra u otras que se otorguen "sin solución de continuidad", o sea continuadas, y por el mismo diagnóstico
. Lo anterior no se aplica respecto de quienes durante los períodos de licencia médica tienen derecho a percibir sus remuneraciones y no subsidio.
¿A quién le presenta la licencia médica el trabajador despedido?
En este caso la licencia médica “continuada” se presenta directamente ante el organismo previsional respectivo, es decir, Compin, C.C.A.F o ISAPRE, según corresponda.
¿Qué deben hacer la Compin o la Isapre con la licencia médica?
Deben emitir una resolución que rechace, apruebe, reduzca o amplíe el período de reposo o cambiarlo de total a parcial o viceversa. Para ello pueden ordenar, si lo estiman conveniente, alguna de las siguientes medidas:
- Practicar o solicitar nuevos exámenes o interconsultas.
- Disponer la realización de una visita al trabajador en su lugar de reposo.
- Solicitar al empleador el envío de informes o antecedentes de carácter administrativo, laboral o previsional.
- Solicitar un informe al profesional que extendió la licencia médica.
- Cualquier otra medida informativa que permita una mejor resolución.
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