En la madrugada de hoy martes, la Comisión Mixta encargada de resolver las divergencias existentes dentro del proyecto sobre escaños reservados en la próxima Convención Constitucional, llegó a acuerdo de mayoría, tras más de diez horas de sesión.
Cuando ya eran las 04:44 de la madrugada, la instancia aprobó indicaciones referidas a la definición del número de escaños, que quedó en 18 para pueblos originarios, por seis votos a favor y cuatro en contra.
A diferencia de lo conversado en las cámaras, de los 18 asientos destinados a pueblos indígenas, se contará con sólo nueve escaños supranumerarios. El proyecto de ley, también incorpora una norma que dispone reserva de, al menos, el 5% de candidaturas para personas en situación de discapacidad.
El senador Francisco Huenchumilla (DC) dio a conocer la propuesta de la oposición frente al número de escaños, señalando que "nosotros partimos con una propuesta de 24 escaños, nos hemos bajado a 20 escaños y el diputado Saffirio hizo una propuesta de 18 escaños y estoy dispuesto a bajar a ese número en la indicación".
"Sin embargo, el Gobierno no se ha movido de los 15 escaños". Aclaró además, que "el hecho que estos escaños sean o no supranumerarios es un tema político, no de los pueblos indígenas".
En cuanto a la identificación de los electores que participarán del proceso de escaños reservados, la comisión aceptó un acuerdo con una votación de siete votos a favor, dos abstenciones y uno en contra.
¿Quiénes podrán votar por los convencionales de escaños para pueblos indígenas?
En lo fundamental, se dispone que el Servel identificará a los electores indígenas en el padrón a que se refiere el artículo 33 de la ley 18.556 en base a las nóminas de personas que estén incluidas en el Registro Nacional de Calidades Indígenas, con datos administrativos que contengan:
- Apellidos mapuche evidentes según lo establecido por Conadi.
- Apellidos indígenas de bases de postulantes a becas indígenas.
- Datos del registro especial indígena para elección de consejeros indígenas de la Conadi.
- Información del registro de comunidades y asociaciones indígenas y del registro para elección de comisionados de la Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua.
Asimismo, dispone que podrán votar por los convencionales de escaños indígenas los ciudadanos y ciudadanas identificados por el Servel como electores indígenas, además de los que no apareciendo en dicha nómina se identifiquen como tales previamente al día de la elección, obteniendo una autorización del Servel por acreditar su calidad indígena mediante un certificado de la Conadi que demuestre su calidad de tal o una declaración jurada elaborada por el Servel.
Este padrón no será vinculante con el número de escaños a elegir ni tendrá propósitos distintos que el solo hecho de permitir el voto por candidatos de pueblos originarios en el marco de del proceso de elección de convencionales constituyentes.
La Comisión sesionará mañana, con el fin de establecer normas referentes a Codeipa, uno de los puntos que quedó pendiente en la maratónica sesión que terminó pasadas las 05:00 horas de hoy.
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