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Dicom: ¿Cómo puedo salir de este registro y cuáles son las deudas que no se consideran en él?

El Directorio de Información Comercial (Dicom) contiene un registro de personas que mantienen deudas, las cuales no fueron canceladas en la fecha que correspondía.

El Directorio de Información Comercial (Dicom) es un registro en el cual permanecen las deudas de todos quienes se han atrasado en el pago. Una de las deudas que incluye es el no pago del Crédito con Aval del Estado, que mantiene morosos a más de 342 mil personas

De hecho, al año 2020, más de 4,9 millones de personas se encontraba en este registro y se pronosticaba en ese entonces que la cantidad de deudores podría aumentar en un 40% debido a la pandemia y la crisis económica.

Esta situación resulta muy compleja para las personas, ya que al encontrarse en este registro, no pueden solicitar prestamos ni créditos en algunas instituciones financieras o bancos, como tampoco acceder a tarjeta de créditos o de algunas casa comerciales.

¿Qué deudas no son consideradas en Dicom?

Pese a que existen deudas que no se consideran para formar parte de este registro, las personas pueden tener esa duda, sin embargo la plataforma de capacitación de Banco Estado señala que hay tres situaciones en las que estas no son ingresadas.

  • Deudas por tag: Pese a que varias personas puedan acumular deudas en el cobro de autopistas, lo cierto es que no se consideran dentro de Dicom.

  • Deudas con personas naturales: Tener deudas con otra persona o persona natural no se considera dentro del boletín comercial de deudores.

  • Servicios Básicos: morosidades en agua, luz, gas o teléfono no entrar en esta lista.

¿Cómo puedo salir de Dicom?

Para poder salir de Dicom existen tres alternativas según Defensa Deudores, siendo una de ellas la más obvia, que implica pagar o repactar la deuda, siendo el mismo acreedor quien debe informar a Dicom para que sea eliminado del registro de morosidad.

En caso de que la persona haya terminado con su deuda y continúe en el registro, podrá presentar un certificado emitido por el acreedor, que contenga la información de la situación actual y así acelerar el proceso que permite eliminarlo de los antecedentes.

Si a la persona le resulta complejo tener que pagar el monto adeudado, es importante tener en cuenta que ninguna deuda puede estar publicada por más de cinco años en el boletín comercial, siendo la Cámara de Comercio la que, una vez cumplido el plazo, elimine a la persona de esa base de datos.

Una tercera alternativa para poder limpiarse en el sistema es acogerse a la Ley 20.720 (Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas), también conocida como ley de quiebra, la que entrega diversos mecanismos para reorganizar la deuda o declararse en quiebra. Al terminar este proceso todas las deudas quedan extintas.

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