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IFE Laboral: Conoce cuándo se pagará en agosto y el monto a recibir

Comenzando un nuevo mes nos acercamos cada vez más a una nueva fecha de pago, en la cual muchas personas recibirán su primer, segundo o tercer pago del IFE Laboral.

El IFE Laboral es un aporte monetario que implementó el Estado con el fin de incentivar la búsqueda y formalización del trabajo ante el aumento del desempleo que derivó de la pandemia del Covid-19.

De esta forma el Sence otorga hasta tres pagos para quienes soliciten el beneficio, con montos que varían dependiendo del sueldo que registre el o la solicitante.

Comenzando un nuevo mes nos acercamos cada vez más a una nueva fecha de pago, en la cual muchas personas recibirán su primer, segundo o tercer pago del IFE Laboral.

¿Cuándo se entrega el IFE Laboral?

De acuerdo a lo indicado por el Sence, será este viernes 5 de agosto el día en el que se realice el pago del IFE Laboral, siendo entregado por primera vez a quienes postularon durante el mes de junio.

Este mes se entrega además el segundo pago a los que lo solicitaron en mayo, y el tercer y último a quienes postularon durante abril. Por otro lado, si solicitaste el aporte durante julio tu primer pago se realizará en septiembre.

¿Cuál es el monto que recibiré?

Si bien se anunció un cambio en los montos del IFE Laboral, estos corresponden a las postulaciones realizadas de julio a diciembre, último mes para solicitar el beneficio.

Esto significa que quienes reciban el aporte en agosto podrán optar a los siguientes montos:

  • Hombres mayores de 24 y menores de 55 años:

  • 50% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $200.000 mensuales.

  • Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez:

  • 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $250.000 mensuales.

Mientras que aquellos que postularon desde julio en adelante accederán a los siguientes montos:

  • Hombres mayores de 24 y menores de 55 años:

  • 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.

  • Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez:

  • 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000.

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