El IFE Laboral es un aporte que entrega montos de hasta $300 mil mensuales a quienes cumplan con los requisitos, siendo el más importante de estos el haber conseguido un contrato laboral luego de estar cesante.

Actualmente, se puede postular solo hasta el 31 de marzo, aunque en caso de ser aprobada la ley que actualmente está en el Congreso que modifica una serie de beneficios, este plazo se extenderá hasta junio.

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En caso de que no hayas recibido tus pagos correspondientes o rechazaron tu postulación y consideras que esto es incorrecto, hoy te contamos qué hacer para solucionar estas situaciones.

¿Cómo reclamar si he recibido los pagos o rechazaron mi postulación del IFE Laboral?

En caso de que desees poner una queja a Sence, entidad encargada del pago del IFE Laboral, primero deberás revisar en tu expediente a qué se debe el rechazo de tu postulación o por qué no se han realizado los pagos.

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Sabiendo esto, deberás ingresar al Buzón Ciudadano. Allí, inicia sesión con Clave Sence o Clave Única y seleccionar el tipo de solicitud, que en este caso sería “reclamo”, y escoger “IFE Laboral Apoya” en “Instrumento, beneficio o programa”.

Podrás ver que se abrirá una nueva categoría, donde deberás indicar el por qué de tu solicitud. Hecho esto, explica en la descripción tu problema para que los funcionarios puedan ayudarte. Luego, sube los siguientes archivos:

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  • Copia del contrato de trabajo debidamente firmado.
  • Certificado de remuneraciones imponibles de los 12 últimos meses.
  • Certificados de los 12 últimos meses de cotizaciones de salud (Fonasa o Isapre) y pensión (AFP).

Envía el formulario y listo. Tendrás la respuesta a tu reclamo en un plazo máximo de 8 días hábiles directamente a tu correo electrónico.

¿Qué montos entrega el IFE Laboral?

Los montos de este aporte varían dependiendo de una serie de distintos factores, dividiéndose en dos categorías:

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  • Hombres entre 24 y 55 años: 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
  • Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.

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