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Subsidio Protege: Revisa cómo apelar si no recibiste los $200.000 de marzo

Las madres o padres que cumplan con los requisitos podrán recibir este beneficio por un periodo de tres meses.

Subsidio Protege Conoce los pasos para apelar si no recibiste tu pago. Créditos: ATON

Durante el sábado 11 de marzo se comenzaron a entregar los pagos del Subsidio Protege correspondientes a quienes hayan postulado en febrero, enero o diciembre de 2022.

Este aporte se entrega a las madres o padres que tengan a su cargo a un hijo o hija de hasta 5 años que no tengan acceso a sala cuna por parte de su empleador, otorgando $200.000 por tres meses.

Si postulaste durante los meses mencionados con anterioridad pero no recibiste el pago de este beneficio, y cumples con los requisitos, debes apelar para obtener el subsidio.

¿Cómo apelar al Subsidio Protege?

Para poder apelar y recibir el Subsidio Protege, primero debes ingresar a tu Expediente Protege Apoya para conocer las razones por las que se rechazó el pago.

Una vez hayas realizado esto, para apelar accede al Buzón Ciudadano y seleccionar “Subsidio Protege Apoya” y, en la descripción, indicar los motivos por los cuales realizas la apelación.

Es importante destacar que cada motivo deberá ir acompañada de la documentación necesaria según sea el caso, los cuales puedes conocer en la sección de apelaciones.

¿Cómo postular al Subsidio Protege?

En caso de que aún no accedas a este beneficio y quieres solicitarlo, debes ingresar al sitio web del Subsidio Protege habilitado por el Sence y pulsar en “Postular al subsidio”.

Luego inicia sesión con tu RUT y Clave Única y presionar en “Postular”. Completa el formulario con los antecedentes requeridos y envíalo.

Cabe recordar que las personas que podrán recibir los pagos de este beneficio quienes cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Trabajar de manera presencial, remota o mixta.
  2. Tener a tu cuidado un niño o niña de hasta cinco años
  3. Si no es la madre quien cumple este rol, puede solicitar el beneficio el padre que tenga el cuidado personal de manera exclusiva, o aquel que se le haya otorgado el cuidado personal de un niño o niña menor de dicha edad.
  4. Que tu trabajo no te garantice derecho a sala cuna.

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