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Subsidio Único Familiar: ¿Cómo y dónde renovar este beneficio?

Son muchas las familias que son beneficiarias del SUF, sin embargo no saben como renovar este subsidio. Revisa cómo y dónde puedes renovar este beneficio.

El Subsidio Único Familiar (SUF) es un beneficio del Estado que está dirigido a las familias de escasos recursos del país, entregando un aporte económico mensual a estas.

Este subsidio tiene como finalidad ayudar al bolsillo de las madres, padres o tutores que no tengan previsión social, teniendo dificultades para entregar los recursos suficientes para mantener a sus cargar familiares.

El monto que entrega este beneficio es de $16.828, sin embargo, en el caso de que el causante tenga alguna discapacidad mental o invalidez de cualquier edad, este aumenta a $33.656.

¿Cómo y dónde renovar el Subsidio Único Familiar?

Pese a que la mayoría de los beneficios, bonos o subsidios los puedes renovar de forma remota, este se debe realizar exclusivamente de manera presencial.

Para hacerlo debes dirigirte a tu municipalidad que te corresponde, para presentar los siguientes documentos:

  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Fotocopia del carné de Control de niño sano al día para menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular para mayores de 6 años.
  • Fotocopia de la cédula de identidad de la madre que postule al Subsidio Maternal.
  • Acreditar la condición de discapacidad mediante una declaración de Compin.
  • En el caso de embarazadas, una certificación que indique que se encuentra en el quinto mes de embarazo.
  • Acreditar la calidad de guardador o cuidador de un menor, cuando corresponda.

¿Cuáles son los requisitos que hay que cumplir para ser beneficiario del Subsidio Único Familiar?

Para las personas que están interesadas en postular a este subsidio, es importante que lean muy bien cada uno de los siguientes requerimientos necesarios para ser beneficiario:

  • Dirigido a menores de hasta 18 años de edad, que vivan a expensas de la persona que los invoca como beneficiario. No deben percibir ingresos iguales o superiores al monto del subsidio y deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años. Por las niñas y niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otras equivalentes.
  • Personas con discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600 o cualquier tipo de discapacidad, sin límite de edad, acreditando dicha condición con la declaración del Compin.
  • La familia debe pertenecer al 60% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH)
  • Deben haber solicitado por escrito el beneficio en la municipalidad que corresponda al domicilio.
  • La persona solicitante no debe estar en situación de proveer, por sí sola o en unión del grupo familiar, a la mantención y crianza del causante.
  • El beneficiario no debe recibir otras ayudas del Estado como la Asignación Familiar, Asignación Maternal, Subsidio Maternal, Pensión Garantizada Universal (PGU) y el Subsidio de Discapacidad Mental.

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