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Subsidio Familiar: ¿Cómo saber mi fecha de pago de hasta más de $60 mil al mes solo con el RUT?

Por cada carga familiar, podrás recibir $20.328 durante tres años el Subsidio Familiar, monto que se duplica en caso de que el causante posea alguna discapacidad. De todas formas, puedes renovarlo si continúas cumpliendo los requisitos.

Billetes y monedas de distintos montos apilados.
Subsidio Familiar Te contamos también en qué casos puedes perder el beneficio. Créditos: En La Hora.

El Subsidio Familiar, o Subsidio Único Familiar (SUF), es un aporte que entrega $20.328 por cada carga familiar que la persona tenga, siendo este monto el doble en caso de que este posea alguna discapacidad. Es decir que, si posees 3, recibirás un total de $60.984.

Se puede recibir siempre y cuando no se trabaje y, por tanto, sea imposible proveer por sí mismos a la mantención y crianza de los causantes.

Puedes postular a este beneficio durante todo el año, acercándote a tu municipalidad con los correspondientes documentos, donde verificarán que cumplas los requisitos. Además, dura tres años, periodo luego del que podrás renovarlo.

Revisa la fecha de pago del Subsidio Familiar con tu RUT

Puedes revisar la fecha de pago del Subsidio Familiar solo con tu RUT a través de Mi Chile Atiende, donde tras presionar “Consultar” verás también la forma en la que deberás cobrar el beneficio.

De hecho, si tienes otros aportes como la Pensión Garantizada Universal o los subsidios que forman parte del Ingreso Ético Familiar, también podrás comprobar en el sitio si los recibes y qué día se te entregará.

Consulta por la forma y fecha de pago. Foto: Chile Atiende.

¿En qué casos puedo perder el Subsidio Familiar?

Además de que pasen los tres años que dura el bono, existen distintas causas por las que puedes perderlo, siendo estas:

  • No cobro durante seis meses continuos.
  • Al optar por otro beneficio.
  • Cuando deje de cumplir alguno de los requisitos establecidos para su otorgamiento o mantención.
  • Cuando el beneficiario no proporcione los antecedentes relativos al beneficio, que le requiera el alcalde o la entidad pagadora del mismo. Si se da la causal de extinción, el beneficiario debe comunicarla a la municipalidad respectiva, dentro de los 30 días siguientes y se debe abstener de cobrarlo. Extinguido el derecho, el alcalde mediante resolución fundada, dispondrá la cancelación de la inscripción en el registro y lo comunicará al IPS para que este no continúe pagando el beneficio.
  • Por fallecimiento del causante o beneficiario. El fallecimiento del beneficiario produce la extinción del Subsidio Familiar de todos sus causantes. En tal caso, procede que la municipalidad realice las gestiones necesarias a objeto de hacer postular de inmediato a los causantes con la persona que los haya tomado a su cargo.



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