Bono Control Niño Sano entrega hasta $10.000 mensuales: revisa cómo lo puedes cobrar

Este beneficio no requiere de una postulación, sin embargo, exige el cumplimiento de ciertos requisitos.

Bono Control Niño Sano. Conoce quiénes pueden recibir el beneficio del Estado. (Freepik)

Con el fin de incentivar una actitud responsable hacia la salud de los niños y niñas que forman parte de familias en situación de pobreza extrema, el gobierno de Chile implementó el Bono Control Niño Sano.

Este beneficio entrega $10.000 mensuales a través de una transferencia a la cuenta bancaria del beneficiario o mediante el cobro de manera presencial en cajas de Banco Estado o Caja Los Héroes.

Este aporte otorga pagos mensuales mientras se acredite que los controles de salud están al día.
Bono Control Niño Sano. Este aporte otorga pagos mensuales mientras se acredite que los controles de salud están al día.

¿Quiénes pueden acceder al Bono Control Niño Sano?

Durante la pandemia, las atenciones de recién nacidos y niños de hasta 6 años reportaron una caída de un 54%, según las cifras del Departamento de Estadísticas e Información de Salud (DEIS) rescatadas por La Tercera.

Por lo anterior, y con el objetivo de impulsar la supervisión del estado de salud de estos menores, el Estado entrega el Bono Control Niño Sano, destinado a quienes cumplan con:

  • Participar en el Subsistema Seguridades y Oportunidades.
  • Hayan firmado una carta de compromiso y el Plan de Intervención.
  • Tengan integrantes menores de 6 años al 31 de marzo de 2025.
  • Acreditar que los controles de salud del niño o niñas sana estén al día.

Así puedes acreditar el cumplimiento de los controles de salud

Si bien este beneficio no requiere de una postulación para ser beneficiario, sí exige la acreditación de los controles de salud al día.

Este proceso se puede realizar en la municipalidad respectiva, presentando el carnet del control del niño sano.

La vigencia del bono dependerá del cumplimiento del calendario de acreditaciones, que comienza a regir desde la entrega del beneficio según el siguiente orden:

  • Menores de dos años al 31 de marzo de 2024 deben acreditar en cuatro oportunidades: entre el mes 1 y 2; entre el mes 7 y 8; entre el mes 13 y 14; entre el mes 19 y 20.
  • Mayores de dos años y menores de 6 hasta el 31 de marzo de 2025 deben acreditar en dos oportunidades: entre el mes 1 y 2; entre el mes 13 y 14.