Tras el inicio oficial de la Franja Electoral para el Plebiscito del 25/O a través de televisión y redes sociales, uno de los principales puntos tocados, tanto por la campaña del Apruebo como la del Rechazo, fue el de las convenciones que tendrían la responsabilidad de redactar una nueva Constitución, en caso de ganar el Apruebo.
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Como se mencionó, si triunfa el Apruebo en el Plebiscito, se iniciará el proceso para la creación de la nueva
Carta Magna
. Dicho proceso estará a cargo del órgano que resulte vencedor entre la
Convención Constitucional
y la
Convención Mixta
. En ambos casos, la elección de sus integrantes (
100%
en caso de la C. Constituyente y
50%
para la C. Mixta) será mediante
sufragio universal
y está fechada para
abril de 2021
. La convención que resulte vencedora tendrá un plazo máximo de
9 meses
,
con posibilidad de prorrogarlo hasta 12
para la creación de la nueva
Constitución de la República
. Por lo anterior, toma particular relevancia conocer las diferencias entre una y otra, su composición, aspectos como paridad de género, escaños reservados e incluso, la dieta que cada uno de los integrantes de dichas convenciones tendría durante el tiempo que duren sus funciones.
Plebiscito: Diferencias entre Convención Constitucional y Convención Mixta
Su número total dependerá del órgano que termine electo en el Plebiscito entre la Convención Constituyente y la Convención Mixta. Mientras que su dieta, establecida por la
ley de presupuestos 2021
, será de
$2,5 millones
de pesos mensuales mientras duren sus funciones. Para el caso de la
Convención Constituyente
,
serán 155 integrantes
y todos electos por la ciudadanía. Mientras que, para el caso de la
Convención Mixta
,
serán 172 integrantes en total
, de los cuales
86 serán electos por la ciudadanía y 86 serán actuales senadores y diputados del Congreso Nacional
. Otra de las diferencias es que
para el caso de la C. Mixta, los parlamentarios que participen mantendrán sus asignaciones ($9,5 millones mensuales) y podrán hacer uso de sus asesores, oficinas y realizar trabajo en sus distritos o circunscripciones
. En cuanto a paridad de género, la
Convención Constituyente garantiza que ningún género podrá tener superioridad numérica por sobre el otro. Es decir, serán 78 mujeres y 78 hombres
. En el caso de la
Convención Mixta, la paridad de género está garantizada solo para los miembros electos por la ciudadanía
. En otras palabras, podrán optar a
43 hombres y 43 mujeres
, mientras que el resto serán los actuales congresistas. Finalmente, sobre las inhabilidades para ejercer cargos públicos luego del proceso constituyente, en ambos casos
los miembros electos por la ciudadanía no podrán postularse en un periodo de un año
. Mientras que los
parlamentarios no tendrán inhabilidad y podrán postularse para un nuevo sin inconvenientes
.