Durante este miércoles, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección interpuesto en contra de la Convención Constitucional, el cual busca la invalidez del Reglamento General del organismo, texto que comenzó a regir el pasado 13 de octubre.

Según señala el Estudio Jurídico León & Cía, es que los artículos que incluye este cuerpo normativo, fueron aprobados por el pleno por mayoría simple, es decir, requirieron la aprobación del 50% más uno de los convencionales, y no el quórum de 2/3.

"Todas las referidas normas fueron sometidas a votación mediante el quórum de mayoría simple, y no por el quórum de 2/3, vulnerando con dicha acción la norma del artículo 133 de la Constitución Política de la República", se consigna en el documento.

En adición a esto, también se busca la nulidad de la votación y posterior aprobación de una serie de artículos del Reglamento de Mecanismos, Orgánica y Metodologías de Participación y Educación Popular Constituyente.

Se trata de los artículos 37, 38, 39, 40 y 41, los cuales pretenden ser eliminados. Esto tiene relación directa con el visto bueno a la eventual realización de plebiscitos dirimentes.

"La Convención Constitucional no tiene facultades para ordenar ni solicitar al Poder Legislativo ni al Poder Ejecutivo la realización de Plebiscitos", menciona el documento citado por Radio Bío Bío.

En esa misma línea, se especifica que "los mecanismos de aprobación de las normas constitucionales están dados en la actual Constitución, mediante la aprobación de las normas de por el quorum de 2/3, y luego por un Plebiscito de salida".

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