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Cámara aprobó Bono Clase Media: incluye bono a rentas vitalicias y retención por pensión alimenticia

Ahora deberá ser votado en el Senado y, en caso que se apruebe, podrá ser promulgado por el Presidente Piñera.

Durante la tarde de este viernes, la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó el proyecto de ley que crea un nuevo Bono Clase Media y un Préstamo Solidario, que también incluye un bono para pensionados con renta vitalicia y retención para deudores de pensiones alimenticias.

El texto, que fue aprobado por la Comisión de Hacienda y posteriormente por la de Desarrollo Social, previa aprobación en Sala, establece que se entregará un bono de $500 mil para "las personas naturales entre 18 y 65 años de edad, que cuenten con ingresos superiores al ingreso mínimo mensual y que hayan experimentado una disminución de al menos un 20% en su ingreso mensual, entre los ingresos promedio del período diciembre 2020 – enero 2021 y el período diciembre 2019 – enero 2020".

Asimismo, se estableció que los beneficiarios cuyo ingreso promedio del período diciembre 2020 – enero 2021 sea mayor al ingreso mínimo a marzo de 2021 y menor o igual a $408.125, no requerirán acreditar caída de ingresos.

Además, el bono será de un monto decreciente que parte en $500 mil para aquellos que tuvieran rentas de hasta un millón 500 mil pesos en 2019; y llegando a $100.000 para los que tuvieron ingresos en ese periodo sobre un millón 800 mil y hasta 2 millones.

En tanto, también se estableció la entrega de un Préstamo Solidario que consistirá en un monto en dinero mensual por un tope de hasta $650.000 que podrá ser solicitado por un máximo de dos veces.

Excepcionalmente, quienes no sean beneficiarios del Bono Clase Media tendrán derecho a realizar una solicitud adicional. El monto del préstamo ascenderá como máximo al 100% del resultado positivo de la diferencia entre el ingreso promedio mensual 2019 y 2020, con un tope de $650.000.

El Bono Clase Media y el Préstamo Solidario no estarán afectos a impuestos, ni se sujetarán a ninguna retención de carácter administrativa, salvo que se trate de pensiones alimenticias debidas por ley y decretadas judicialmente, en cuyo caso se podrá retener hasta el 75% del monto a entregar.

Ahora, el proyecto debe ser votado en la Sala del Senado y, en caso que sea aprobado, podrá ser promulgado por el Presidente de la República, Sebastián Piñera.

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