Nacional

Ley Zamudio: 10 y 15 años de presidio para imputados de agresión y homicidio de joven gay en Renca

Los hechos se remontan a febrero de 2020 cuando, sin mediar provocación, una pareja de homosexuales fue increpado y brutalmente agredido por los ahora condenados, ataque que le provocó la muerte de uno de ellos.

Condenas por 10 años y un día y 15 años y un día de presidio efectivo, respectivamente, impuso la justicia a Luis Muñoz Huenán y Mario Pino Garrido, correspondientemente, tras ser declarados culpables del delito de homicidio simple de Miguel Ángel Miranda Bustos.

La sentencia dictada por el Segundo Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago consideró como agravante los insultos y agresiones por la orientación sexual de la víctima y su pareja, Carlos Morales Riveros.

Los hechos se remontan a febrero de 2020 en la comuna de Renca, cuando la víctima fallecida y su novio fueron increpados e insultados por los ahora condenados.

¿Qué dice el fallo?

Según estableció el tribunal "Carlos Morales devolvió los insultos y debió alejarse del lugar e ingresar a la casa en donde vivía, producto que Muñoz Huenán comenzó a perseguirlo para lesionarlo con un elemento contundente".

Pese a los intentos de calmar la situación fuera de la vivienda de su pareja, "Mario Pino Garrido extrajo un cuchillo y le propinó un corte en la cabeza a Miranda Bustos cuando le daba la espalda, para posteriormente pasarle dicha arma blanca a Muñoz Huenán, con la que este lo apuñaló a la altura del hemitórax izquierdo, lesionando pericardio y ápex cardíaco, dándose a la fuga del lugar ambos sujetos".

Las graves lesiones provocaron que "Miguel Miranda Bustos falleció a las 17:08 horas de ese día por herida cardíaca corto penetrante, causada directamente por Muñoz Huenán", sostiene el fallo.

Ley Zamudio

Dado que el crimen fue de connotación por la orientación sexual de las víctimas, el juzgado resolvió aplicar de forma unánime la Ley Zamudio como agravante del artículo 12, N°21 del Código Penal para la condena de Muñoz.

El dictamen de los magistrados Valeria Alliende Leiva (presidenta), Pablo Toledo González y Anaclaudia Gatica Collinet (redactora) precisa que "en el caso del encartado Luis Muñoz Huenán, al beneficiarle una circunstancia atenuante (irreprochable conducta anterior) y perjudicarle una agravante, ambas se compensan racionalmente, por lo que la pena queda dentro del rango establecido por la ley".

Esto quiere decir que el ahora sentenciado, deberán pagar su delito con presidio mayor en su grado medio, "pudiendo el Tribunal recorrer toda la pena en su extensión", concluye el dictamen.

Tags

Lo Último

Más de EnlaHora

Recomendados