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Pagos IVA: Revisa cuáles son los servicios que tendrán que pagar impuesto desde 2023

Son diversos servicios los que tendrán que comenzar a pagar el Impuesto a las Ventas y Servicios, pero se busca que esto se aplace y no sea desde el 1 de enero de 2023.

Los senadores Matías Walker y Ximena Rincón, del Partido Demócratas, ingresaron un proyecto de ley para postergar la entrada en vigencia de la aplicación del Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA) a una serie de servicios para el próximo año.

Se trata de actividades que no estaban afectadas por la carga fiscal del 19%, pero que deberán comenzar a someterse a ella a partir del 1 de enero de 2023.

Esto, a raíz de la nueva Ley 21.420, publicada en febrero de 2022 e impulsada por el gobierno del expresidente Sebastián Piñera para financiar la Pensión Garantizada Universal.

A pocos días de que se acabe el año y se empiece a aplicar la normativa, sectores empresariales y parlamentarios han solicitado que se postergue su implementación, debido a que podría afectar la reactivación económica.

Estos son los servicios que comenzarán a pagar IVA desde 2023

  • Captación, tratamiento y distribución de agua.

  • Servicio de lavado de vehículos automotores.

  • Mantenimiento y reparación de vehículos automotores.

  • Mantenimiento y reparación de motocicletas.

  • Agencias de aduanas.

  • Agencia de naves.

  • Otras actividades de apoyo al transporte n.c.p.

  • Actividades postales.

  • Actividades de mensajería.

  • Actividades de producción de películas cinematográficas, videos y programas de televisión.

  • Actividades de postproducción de películas cinematográficas, videos y programas de televisión.

  • Actividades de consultoría de informática y gestión de instalaciones informáticas.

  • Otras actividades de tecnología de la información y de servicios informáticos.

  • Procesamiento de datos, hospedaje y actividades conexas.

  • Portales webs.

  • Empresa de asesoría y consultoría en inversión financiera, sociedades de apoyo al giro.

  • Actividades de agentes y corredores de seguros.

  • Otros servicios de ensayos y análisis técnicos (excepto actividades de plantas de revisión técnica).

  • Investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias naturales y la ingeniería.

  • Investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades.

  • Asesoría y gestión en la compra o venta de pequeñas y medianas empresas.

  • Actividades clínicas veterinarias.

  • Otros servicios de reserva y actividades conexas (incluye venta de entradas para teatro y otros).

  • Servicios de seguridad privada prestados por empresas.

  • Actividades de servicios de sistemas de seguridad (incluye servicios de cerrajería).

  • Desratización, desinfección y exterminio de plagas no agrícolas.

  • Organización de convenciones y exposiciones comerciales.

  • Actividades de agencias de cobro.

  • Actividades de agencias de calificación crediticia.

  • Actividades de la administración pública en general.

  • Regulación de las actividades de organismos que prestan servicios sanitarios, educativos y culturales.

  • Regulación y facilitación de la actividad económica.

  • Actividades de laboratorios clínicos y bancos de sangre.

  • Actividades con atención en instituciones para personas con discapacidad mental y toxicómanos.

  • Actividades de atención en instituciones para personas de edad y personas con discapacidad física.

  • Otras actividades de atención en instituciones.

  • Actividades de asistencia social sin alojamiento para personas de edad y personas con discapacidad.

  • Otras actividades de asistencia social sin alojamiento.

  • Servicios de producción de obras de teatro, conciertos, espectáculos de danza y otras producciones escénicas.

  • Actividades de bibliotecas y archivos.

  • Actividades de museos, gestión de lugares y edificios históricos.

  • Actividades de jardines botánicos, zoológicos y reservas naturales.

  • Gestión de otras instalaciones deportivas n.c.p.

  • Promoción y organización de competencias deportivas.

  • Otras actividades deportivas n.c.p.

  • Actividades de asociación profesionales.

  • Actividades de sindicatos.

  • Actividades de organizaciones religiosas.

  • Actividades de organizaciones políticas.

  • Actividades de centros de madres.

  • Actividades de clubes sociales.

  • Fundaciones y corporaciones, asociaciones que promueven actividades culturales o recreativas.

  • Actividades de otras asociaciones n.c.p.

  • Reparación de aparatos de uso doméstico, equipo doméstico y de jardinería.

  • Reparación de calzado y de artículos de cuero.

  • Reparación de muebles y accesorios domésticos.

  • Reparación de otros efectos personales y enseres domésticos.

  • Actividades de sociedades de cartera.

  • Fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares.

  • Arrendamiento de propiedad intelectual y similares, excepto obras protegidas por derecho de autor.

El proyecto para que se aplace el nuevo cobro del IVA en 2023

Como se mencionó, Walker y Rincón presentaron su proyecto, el cual advierte que "el Informe de Política Monetaria de diciembre del 2022, el Banco Central, al igual que otros informes nacionales e internacionales se han indicado que el año 2023 Chile tendrá un decrecimiento, sumo a una inflación que supera en 4 veces del objetivo para el país".

Por ello, acusan que "la forma en que quedó redactada la ley, se rompe el principio de neutralidad tributaria, ya que, por un lado, los ciudadanos por ciertos servicios quedaran gravados con IVA, y dependiendo de la forma que esté organizado el prestados del mismo servicio, en otros casos no estará gravado".

"Con el objeto de enfrentar la difícil situación económica del país, no resulta conveniente incrementar el costo de los consumidores finales de servicios, y al mismo tiempo, una prorroga de su entrada en vigencia permitiría hacerse cargo de las dudas interpretativas de la ley", complementaron.

La respuesta del ministro Mario Marcel por el nuevo cobro del IVA en 2023

Por su parte, el ministro de Hacienda Mario Marcel hizo una fuerte critica y aseguró que no es bueno legislar en los meses finales de Gobierno. "Esto es algo que no corresponde a la reforma tributaria actual, sino que a las medidas que se aprobaron en los últimos meses del Gobierno anterior", sostuvo.

"Demuestra que no es buena idea legislar en los últimos meses de un gobierno sobre temas importantes, no es bueno hacerlo de manera apresurada", concluyó.

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